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Piden la inconstitucionalidad de la ley de OTBN: “modelo de expoliación del bosque nativo”

La presentación fue realizada por una organización ambientalista chaqueña y solicita que el Superior Tribunal de Justicia del Chaco declare inconstitucional la polémica ley 4005 R aprobada por el Parlamento chaqueño en la sesión extraordinaria del 30 de abril pasado. Para los denunciantes, además de no respetar los procedimientos formales, la normativa “disminuye las condiciones de tutela existentes” y a la vez, “genera la consolidación de un modelo de expoliación del monte nativo”. Se suma a la denuncia penal ante la justicia federal contra la denominada “Mafia del desmonte”.

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El Superior Tribunal de Justicia del Chaco deberá analizar la constitucionalidad de la ley provincial de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (Nº 4005 R) aprobada durante la madrugada del 30 de abril pasado, en una sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados del Chaco. Así lo dictaminó el procurador general Jorge Canteros, al considerar que era admisible el tratamiento por el máximo tribunal de la presentación realizada, a fines de julio, por la organización Conciencia Solidaria por el Medio Ambiente.

La presentación se suma a la denuncia penal realizada por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas ante la Justicia Federal de Resistencia en la que se apunta a una supuesta “Mafia del desmonte” que involucraría al actual ministro de Producción, Ambiente y Desarrollo Sostenible del Chaco, Hernán Halavacs, a dos diputados provinciales, exfuncionarios y empresarios madereros. La denuncia también pidió que se dicte una medida cautelar que suspenda la aplicación de la ley Nº 4005 R.

“Consolidación de un modelo de expoliación del monte nativo”

En el escrito, al que tuvo acceso LITIGIO, la organización ambientalista señala que la ley 4005 R “disminuye las condiciones de tutela existentes respecto de la Ley 1762 R, y a la vez, genera en términos factuales la consolidación de un modelo de expoliación del monte nativo”.

De acuerdo a la presentación, la actualización es de carácter “netamente regresiva ambientalmente” al disminuir en su valor de conservación a más de 230 mil has de bosques que han pasado de categoría amarillo a verde y así su cambio de uso del suelo. Estas nuevas superficies se suman a las de 1,5 millones de hectáreas boscosas en categoría verde establecidas en el OTBN 2009, detallan.

Más allá de que la ley representaría un avance sobre la superficie de bosque nativo, al permitir el desmonte de áreas que se enc0ntraban protegidas legalmente hasta ahora, tampoco cumplió con los procedimientos de la ley nacional de Bosques Nativos, las resoluciones del Consejo Federal del Medio Ambiente y con los términos del Acuerdo de Escazú, que exige que se garanticen información adecuada y participación ciudadana en materia ambiental.

Entre las objeciones, la organización ambientalista menciona que la ley 4005 R no fue una ratificación del decreto 2157/22 firmado por el exgobernador Jorge Capitanich que era el resultado del proceso de actualización regulado en la Ley 26331 y en las resoluciones de COFEMA, sino que se trató de una normativa aprobada en base a otros proyectos de actualización que no respetaron la participación ciudadana. Por el contrario, advierten que la norma aprobada “no reconoce base o referencia normativa alguna al marco supremo que regula el proceso de actualización” por lo que consideran que se trata de “un acto jurídico nulo de nulidad absoluta”.

En ese contexto, subraya que “ni siquiera se consideraron las observaciones formuladas por la Autoridad de Aplicación (dependiente de la Dirección Nacional de Bosques), debiendo tener presente que las mismas se encontraban destinadas a dar cuenta de lo contenido en el Decreto Nº 2157/22”. Así, grafican que la sola comparación entre las observaciones formuladas por la Autoridad de Aplicación y la Ley 4005 R “evidencian que esta última no es ni siquiera una norma que haya dado cuenta de aquellas (solamente lo hizo respecto de la eliminación de la categoría amarilla/naranja)”.

Otro de los cuestionamientos a la ley sancionada está en que la publicación de la misma en el Boletín Oficial no contiene el mapa y que del texto no se desprende una “localización concreta y efectiva” de aquellas zonas que han sido incluidas o determinadas como amarillas o verdes, implican una concreta violación de las exigencias derivadas del “sistema tutelar” del monte nativo. Es decir, no se puede conocer cuales áreas está permitido desmontar y cuáles no.

Revista Litigio

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La producción de ovinos se incrementó un 32% en volumen y un 23% en valor con destino a exportación

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La cartera agropecuaria destacó los números positivos del sector en la zafra 2024/25.

La zafra de ovinos de la temporada 2024/2025 se incrementó un 31,9% en volumen y 23,22% en valor con destino a exportación respecto al anterior ciclo 2023/24, según destacaron desde la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

En ese sentido, la cartera agropecuaria que dirige Sergio Iraeta destacó “los números positivos de exportación de la lana argentina tanto en volumen como en valor”.

En el período analizado, que va de julio de 2024 a junio de 2025, las exportaciones de lana alcanzaron 31.088 toneladas base sucia, lo que representa un aumento del 31,9% en comparación con la zafra 2023/24, de acuerdo al análisis de la Dirección Nacional de Producción Ganadera en base a los datos del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

Este crecimiento se tradujo también en un incremento en términos de valor en el orden del 23,22% en el mismo período, respecto al anterior, representando U$S114.168.

La producción de ovinos se incrementó un 32% en volumen y un 23% en valor con destino a exportación

“Estos datos reflejan el dinamismo del sector ovino y su aporte a la economía nacional, consolidando a la producción de lana como un motor de desarrollo en las regiones productoras”, destacaron desde Agricultura por medio de un comunicado.

La dependencia además les recordó a los productores que se encuentran disponibles líneas de crédito del Banco de Nación de la República Argentina (BNA) específicas para el fortalecimiento de la producción ovina, con el objetivo de “seguir impulsando la competitividad y el crecimiento del sector”.

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Los puertos privados alertaron que una decisión de Diputados podría encarecer los costos de producción

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La cámara que reúne a las terminales comerciales manifestaron su “preocupación” por la derogación de un decreto que desregulaba el tráfico de cabotaje.

La Cámara de Puertos Privados Comerciales expresó su “preocupación” ante la derogación por parte de la Cámara de Diputados de la Nación del DNU 340/2025 “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional”, que desregulaba el tráfico de cabotaje.

Según los empresarios, esta decisión de la Cámara baja generará “enormes costos a toda la producción del país y desalentará inversiones”.

Al respecto, manifestaron: “La Argentina tiene un enorme litoral fluvial y marítimo y, por diversas medidas proteccionistas del pasado, la flota mercante nacional prácticamente desapareció. Por lo tanto, el transporte interno por agua es casi inexistente, lo que implica una enorme ineficiencia, obligando a las cargas a ser movidas por medios de transporte mucho más caros. El camión en largas distancias tiene un costo que es el doble del transporte por agua”.

Además, advirtieron que esta situación “requiere gigantes inversiones de infraestructura carretera que se ha ido deteriorando por la falta de recursos del Estado para mantenerla”.

El decreto mencionado apuntaba a revertir esta situación en beneficio de miles de productores de todo el país, potenciando el uso de ríos y mares, rutas naturales que no requieren grandes inversiones públicas. A su vez, se le daba alternativas a los exportadores e importadores de la utilización de diferentes vías de transporte”, resaltaron.

Según la cámara sectorial, esta votación de Diputados, que luego deberá debatirse en el Senado, implica “un retroceso en el proceso de revitalizar el sistema de transporte por agua con una normativa que favorecía a las cargas, permitiéndole acceder a fletes más competitivos con gran impacto en la reducción de los costos logísticos, lo que potenciaría la competitividad, con la consecuencia de aumentar el desarrollo regional generando mayor producción en beneficio de la economía de nuestro país”.

El camión en largas distancias tiene un costo que es el doble del transporte por agua, según advirtieron las terminales portuarias.
El camión en largas distancias tiene un costo que es el doble del transporte por agua, según advirtieron las terminales portuarias.

Asimismo, destacaron que esta medida “generaba una mayor transparencia, dinamismo y previsibilidad en la operatoria logística, lo que significaba un incentivo para mayores inversiones en el interior”.

“Reafirmamos nuestro apoyo a todas aquellas políticas tendientes a modernizar y desburocratizar la actividad del sector, como el DNU 340/2025, e instamos a los gobiernos de las provincias afectadas a expresarse claramente en este mismo sentido”, concluyó el comunicado.

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Alarma en el campo: Sturzenegger elimina el organismo que controla el comercio de semillas

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El Inase será suprimido con un decreto que se publicará el lunes en el Boletín Oficial. También suprimen la Agencia Regulatoria del Cannabis y modifican el Inti y el Inta.

En el campo entraron en alerta al conocer el decreto que redactó Federico Sturzenegger para eliminar el Inase, el organismo que controla el comercio de semillas.

 

LPO accedió en exclusiva al decreto que se publicará el lunes en el Boletín Oficial y que eliminará otras dependencias y modificará otras relacionadas al sector agropecuario.

 

Entre las empresas dedicadas al negocio de las semillas hay alarma porque sin el Inase creen que puede dispararse el comercio ilegal de semillas, que en la Argentina mueve varios cientos de millones de dólares por año.

 

Además del Inase, se eliminará la Comisión Nacional de Semillas (CONASE) y sus tareas quedarán bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura.

 

El decreto también elimina la Agencia Regulatoria del Cannabis (Ariccame), cuyas funciones serán absorbidas por el Ministerio de Economía, en el caso del uso industrial, y por la ANMAT, que asumirá la regulación del cannabis con fines medicinales.

 

También se dispuso la disolución del Instituto Nacional de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (Inafci), cuyas competencias serán absorbidas por Economía. De este modo, Luis “Toto” Caputo ganará atribuciones, una concesión que hizo su rival interno Sturzenegger para avanzar con estos cambios que fueron resistidos en un principio por el titular de Economía, que se quejaba porque le complicaban su relación con el campo.

 

 

Otros organismos no desaparecen, pero pierden su estatus de autarquía. Es el caso del INTA, que pasa a ser un ente desconcentrado dependiente de Agricultura, y del INTI, que será una unidad organizativa bajo la Secretaría de Industria, aunque mantendrá su nombre para fines internacionales. El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) también cambia de estatus: se incorpora a la estructura de Agricultura y mantendrá únicamente funciones de fiscalización en el tramo final de la cadena productiva. Por último, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) perderá su autonomía y quedará como organismo desconcentrado dentro de la Secretaría de Industria y Comercio.

 

El decreto justifica estas medidas con una crítica explícita a la falta de eficiencia de estos organismos, a los que acusa de haber multiplicado sus estructuras y su personal sin resultados visibles, ni mejoras en su desempeño institucional. Además, plantea que muchas de sus funciones se superponen con otras dependencias del Estado, lo que habría generado una burocracia innecesaria y gastos difíciles de sostener.

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