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Economia

De medicamentos a amparos judiciales: los costos desconocidos que afrontan las familias que conviven con la discapacidad

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Mientras se espera que el Senado trate la Ley de Emergencia en Discapacidad, los hogares deben gastar de su bolsillo para garantizar el cuidado de sus seres queridos.

Medicamentos, insumos, terapias, traslados, amparos judiciales… La lista de costos que afrontan las personas con discapacidad es infinita. Mientras se aguarda por el tratamiento de la Ley de Emergencia en Discapacidad en el Senado, la salud no puede esperar y las familias deben gastar de su bolsillo para garantizar el cuidado de sus seres queridos.

Aun con cobertura de obras sociales prepagas, los costos de tener una persona con discapacidad a cargo son altos. Autorizaciones que tardan meses, reintegros que no llegan y profesionales que piden sumas adicionales para seguir con los tratamientos son solo algunos ejemplos. Un botón gástrico, por ejemplo, puede costar entre $400.000 y $500.000, y es un insumo esencial para la alimentación del paciente, que hay que reemplazar en el momento en que se rompe, sin demoras.

A eso, en muchos casos, se suman costos en abogados y cartas documento para hacer amparos con el fin de acceder a las coberturas que la persona necesita y que, muchas veces, se niegan o demoran.

La Ley de Emergencia en Discapacidad fue aprobada por la Cámara de Diputados. (Foto: Nicolás Gonzáles / TN).
La Ley de Emergencia en Discapacidad fue aprobada por la Cámara de Diputados. (Foto: Nicolás Gonzáles / TN).

Las familias que tienen hijos con discapacidad pueden solventar parcialmente los gastos con prestaciones públicas. Para la población vulnerable, la alternativa es la AUH con discapacidad, de $356.545 mensuales.

Por su parte, los monotributistas y trabajadores en relación de dependencia puede tramitar la asignación familiar por hijo con discapacidad, cuyo valor general va desde los $79.598 a los $178.278 por mes, según el ingreso del grupo familiar.

Los mayores de 18 años, por su parte, pueden tramitar la pensión no contributiva por invalidez laboral, que equivale al 70% de una jubilación mínima. Hoy, el monto es de $213.306,75 y el Gobierno está en pleno proceso de auditorías sobre las prestaciones ya otorgadas.

Familias que trabajan de hacer trámites

Marcela Franchini es abogada y mamá de Trini, que tiene 12 años y parálisis cerebral. “Estos chicos usan silla de ruedaspañalesbotón gástrico para alimentarse, algunos tienen traqueotomía y presentan una variedad de temas clínicos: convulsiones, problemas respiratorios, entre otros”, cuenta en diálogo con TN.

“La mayor parte del mes, trabajo de secretaria de Trini y, además, soy su abogada. Pido las órdenes a la doctora, los insumos para el botón gástrico, los pañales, los refuerzos y zaleas. Paso todo a la prepaga, que siempre va cambiando los procesos y nada se logra sin mandar dos o tres mails”, explica Franchini.

En el caso de chicos y chicas grandes, los pañales son un problema porque necesitan la línea juvenil, que solo se consigue en pañaleras. Franchini cuenta que las 180 unidades mensuales que la prepaga le cubra a Trini no alcanzan, y que cada bolsa de 40 pañales cuesta $23.000.

Aunque tiene prepaga, Trini nunca recibió el palo de suero que se usa para colgar el alimento que le pasan por el botón gástrico. “En Alemania hay una empresa que hace un portasuero telescópico portátil. Cuando conozco alguien que va a Europa, le pido que lo reciba y me lo traiga a la Argentina”, dice.

Y agrega: “La plataforma para subir la silla de ruedas a la camioneta, la conseguí con un amparo. Hay dos medicamentos que no me autorizan y otro que me reintegran con mucha demora”.

Los acompañantes terapeúticos facilitan la integración escolar de los chicos con discapacidad. (Foto: Adobe Stock).
Los acompañantes terapeúticos facilitan la integración escolar de los chicos con discapacidad. (Foto: Adobe Stock).

La historia de Marina Cleris es similar. Ella es la mamá de Máxima, que tiene 4 años y una enfermedad genética poco frecuente, surgida por la mutación del gen Cask, que hace que la persona no genere la proteína de ese nombre. Eso deriva en cuadros clínicos variados.

“Máxima tiene casi todas las características: microcefalia, es decir, el cerebelo más chiquito; hipoplasia de nervios ópticos, por lo que tiene comprometida la vistaepilepsiatrastornos de sueño y alimentación; no regula bien la temperatura corporal; no habla ni camina”, explica Cleris, que junto con otra mamá creó la Fundación Cask Latam, de la que es directora, donde buscan compartir información sobre esta condición.

Aunque tiene una prepaga, la mamá de Máxima asegura que pasa buena parte del día dedicada a la gestión de las prestaciones. “Cumplen, pero hay que estar muy encima. Todos los días hablo por teléfono o mail. Ya hice dos recursos de amparo, que no fueron baratos, pero donde tratamos de poner la mayor cantidad posible de reclamos”, recuerda.

“De todos modos, me hicieron recortes que no pude revertir, como la reducción de la carga horaria de algunas terapias. Y recién este mes me empezaron a pagar el acompañante terapéutico en el jardín y en casa, que tiene un costo de alrededor de un millón de pesos por mes”, señala.

Resignar terapias (y calidad de vida)

Entre tantos costos a solventar, las familias terminan por dar de baja algunas terapias que, si bien pueden mejorar la calidad de vida de sus hijos, resultan muy caras para mantener en el tiempo.

“Trini ya no hace terapia en el agua. Teníamos que pagar un plus porque la prepaga cubría una suma muy baja”, ejemplifica Franchini.

En la misma línea, Cleris comenta: “Máxima hacía unas sesiones intensivas de kinesiología, que le venían muy bien. Este año ya no las está haciendo porque el costo era de $800.000″.

El atraso del nomenclador

La cobertura de las prestaciones por discapacidad en la Argentina se rige por un nomenclador oficial que quedó desactualizado. Los aumentos que otorgó el Gobierno en 2024 fueron de 99,1%, frente a una inflación de 117,8%. En lo que va de 2025 no hubo ningún ajuste, aunque el índice de precios al consumidor acumuló 13,3% hasta mayo.

Por caso, las sesiones de fonoaudiología (para lenguaje o problemas de deglución), kinesiología, terapia ocupacional o psicología tienen un precio de $12.370 en el listado oficial, mientras que el valor de mercado está entre $30.000 y $40.000.

Ante ese panorama, aparece el pedido de coseguros o adicionales, los anticipos de los reintegros por parte de las familias u otras estrategias para reducir el servicio y así maximizar el magro arancel. La actualización del nomenclador es uno de los principales reclamos de los profesionales y familias que están movilizándose para que se declare la emergencia en discapacidad.

Manifestantes reclamaron en el Congreso por la aprobación de la Ley de Emergencia en Discapacidad. (Foto: Damián Dopacio/NA).
Manifestantes reclamaron en el Congreso por la aprobación de la Ley de Emergencia en Discapacidad. (Foto: Damián Dopacio/NA).

El transporte a las terapias es otro de los gastos que muchas veces afrontan las familias. “Yo vivo en Bella Vista y puse un auto de mi confianza para que Máxima vaya a las terapias con la enfermera. Hoy en día, va en ese transporte que, por orden judicial, la prepaga debería cubrir. Sin embargo, siempre me dicen que falta algún papel para completar la autorización”, describe Cleris.

Al requerir el transporte, las prepagas y obras sociales derivan a los afiliados a empresas de traslado que ya no tienen cupos o no quieren tomar nuevos pacientes porque los montos que les pagan también están atrasados. El valor por kilómetro según el nomenclador es de $541,76, en vehículos que muchas veces están adaptados para esta población. Para tener una referencia, la misma distancia valdría $960 en un taxi de la Ciudad de Buenos Aires.

La vía judicial

Cuando los llamados y los mails no alcanzan, los representantes de las personas con discapacidad tienen que recurrir a la vía judicial mediante recursos de amparo para conseguir la cobertura y evitar el desgaste de hacer reclamos diarios.

Juan Cruz San Martín Macia, abogado especializado en discapacidad, cuenta a TN que la solicitud de honorarios adicionales por parte de los terapeutas es uno de los problemas que más aumentó en este año, debido a la desactualización del nomenclador.

“Donde más aparece es en el servicio de acompañante terapéutico, que no está en el nomenclador. Los centros categorizados usan el módulo de ‘maestra de integración’ y les pagan como ‘maestra de apoyo’ unos $307.000 por 4 o 5 horas por día. Muchas veces, las familias terminan poniendo otros $300.000 de su bolsillo para retener al profesional”, explica, y resalta que el pedido de recomposición de los valores del nomenclador es de 73%.

Sobre los pasos para hacer un amparo en salud, San Martín Macia enumera:

  • Se presenta el presupuesto y la orden médica en la obra social o prepaga. Hay que esperar 10 días. Si hay un rechazo total, parcial o falta de respuesta, se manda una carta documento en la que se vuelve a pedir todo.
  • Si la rechazan total o parcialmente o no la contestan, se procede con el amparo.
  • El amparo tiene un ítem que es una medida cautelar. Allí, se le pide al juez que, dado que el proceso puede ser largo, autorice preventivamente las prestaciones porque de lo contrario el daño puede ser irreparable. En general, la medida cautelar sale en 15 o 20 días, aunque la sentencia definitiva puede tardar dos años. Con la cautelar alcanza para obligar a la prestadora a efectuar la cobertura.
  • Los honorarios y las costas, finalmente, los pagan los demandados. De todos modos, a veces se les pide a las familias que afronten algunos gastos de manera preventiva. Por otra parte, cuando se pide más de una cosa en el amparo, es habitual que la familia enfrente un gasto de honorarios del abogado.

“El costo hoy de un amparo en salud es de US$1300 y lo cobramos en cuotas, pero otros estudios pueden llegar a pedir hasta US$4000″, detalla San Martín.

Costos invisibles

A mediados de 2023, el INDEC empezó a publicar el valor de la canasta de crianza, que tiene en cuenta los gastos en bienes y servicios así como en el cuidado de los menores. La cifra funciona como referencia para el pago de la cuota alimentaria.

En mayo de 2025, el valor oscilaba entre los $410.000 y los $516.000 mensuales, según la edad de los chicos. El INDEC busca incluir en esos valores a todos los nenes y nenas, sin distinción de grupos poblacionales.

Sin embargo, Franchini considera que no tiene en cuenta los gastos extras que tienen las mamás y papás de menores con necesidades especiales. “La canasta de crianza no incluye a la discapacidad. Por ejemplo, la canasta de un chico de 12 años no incluye los pañales, que en el caso de mi hija son necesarios”, cierra.

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El Chaco de Zdero, en rojo y entre las provincias con mayor déficit fiscal del país

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Durante el primer trimestre de 2025, el gobernador tuvo un fuerte desequilibrio financiero, con un déficit de más de $27 mil millones y un ratio negativo del 3,1%. El radical-libertario suma otro frente crítico en su gestión.

Un reciente informe sobre los resultados fiscales del primer trimestre de 2025 dejó en evidencia la preocupante situación financiera del Chaco. La provincia gobernada por Leandro Zdero cerró el período con un déficit de $27.147 millones, ubicándose entre las ocho jurisdicciones que presentaron números en rojo.

Pero el panorama es aún más grave si se analiza el resultado financiero como proporción de los Ingresos Totales (RF/IT): el Chaco aparece como la tercera provincia con peor desempeño fiscal relativo, con un ratio negativo del -3,1%, superada solo por Santa Cruz y Corrientes.

Un informe publicado por el sitio Raíz Federal advierte que el Chaco es una de las siete provincias que pasaron de tener superávit en 2024 a déficit en 2025, revelando un deterioro preocupante de sus cuentas públicas.

Mientras tanto, jurisdicciones como Misiones lograron revertir su situación fiscal y cerrar el trimestre con superávit.

Este nuevo revés se suma a los múltiples desafíos que enfrenta el gobernador radical-libertario en su segundo año de gestión.

Lejos de ordenar las finanzas provinciales, Zdero parece agravar la crisis con medidas que no logran equilibrar las cuentas ni generar confianza en la administración pública.

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ARCA investiga las transferencias: a partir de qué monto controla las operaciones en agosto

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Las entidades financieras y billeteras virtuales deben informar sobre transacciones y consumos de sus clientes cuando superen los topes que determinó ARCA

En una era marcada por las transferencias inmediatas y el auge de las billeteras virtuales, no es raro que surja la duda: ¿qué ocurre si de repente recibís una suma importante de dinero en tu cuenta bancaria? Lo primero a considerar son los límites de transferencia establecidos por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

 

Si el origen de ese dinero está debidamente respaldado -por ejemplo, la venta de un vehículo, una propiedad o el pago de un trabajo correctamente facturado-, en principio no deberías enfrentar mayores inconvenientes.

De todos modos, en algunos casos los bancos pueden retener el monto de forma preventiva. Ante esa situación, presentar la documentación que justifique la operación suele ser suficiente para destrabar el movimiento.

El panorama cambia si recibís una transferencia de gran volumen y no podés justificar su procedencia: en esos casos pueden aparecer problemas, especialmente con la ARCA. Por eso, contar con el respaldo adecuado sobre el origen de los fondos, en particular cuando se trata de cifras elevadas, es fundamental para evitar complicaciones.

ARCA investiga todas las transferencias que superen estos límites en agosto 2025

La entidad elevó a mitad de año los topes que son los límites a partir del cual se monitorean las transferencias bancarias y virtuales. Esta actualización responde a un mecanismo de ajuste semestral automático basado en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

 

Es importante considerar qué sucede si se superan estos límites: en esos casos, podrían activarse alertas que derivarían en un análisis más detallado por parte de ARCA. Por ello, conocer los nuevos topes es fundamental para evitar inconvenientes y garantizar que las operaciones se realicen dentro del marco legal.

De acuerdo a información de la entidad, se trata de una “actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024”.

Billeteras virtuales y bancos informan sobre transacciones y consumos

Estos nuevos importes comenzaron a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1° de junio, y continuarán así por los próximos meses.

  • Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
  • Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.

¿Qué documentación se necesita?

Si el dinero que recibís proviene de una operación legítima -como la venta de un auto o una propiedad, o el cobro de un trabajo facturado-, en principio no hay inconvenientes. Sin embargo, los bancos y las fintech pueden retener el monto de forma preventiva hasta que se presente documentación que respalde la transacción.

Entre los comprobantes más habituales que solicita ARCA se incluyen:

  • Contratos de compraventa o boletas de pago.
  • Facturas emitidas (monotributo o régimen general).
  • Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
  • Constancia de inscripción en monotributo.
  • Certificados de origen de fondos emitidos por un contador público matriculado.

Con esta documentación suele ser suficiente para liberar el dinero retenido y evitar inconvenientes.

Los especialistas recomiendan mantener toda la documentación ordenada y al día, especialmente si se realizan operaciones frecuentes o de alto valor. También es clave estar registrado correctamente ante la AFIP como monotributista o responsable inscripto, en caso de facturar servicios o ventas de forma habitual.

Qué hacer si el banco bloquea la operación

En caso de que una transferencia grande sea observada, los pasos recomendados son:

  • Responder al requerimiento del banco con los comprobantes necesarios.
  • Contactar previamente a la entidad si se espera recibir un monto elevado, informando fecha, monto y origen de los fondos.
  • Evitar movimientos sospechosos, como fraccionar el dinero en varias transferencias para esquivar los límites, ya que esto puede generar más alertas.

Si la procedencia de los fondos no puede justificarse, ARCA puede emitir multas, bloquear temporalmente la cuenta e incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para investigar un posible caso de lavado de dinero.

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Vacaciones, indemnizaciones y paros: los 3 puntos frenados que Milei insiste en modificar

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El sector gremial no acepta modificaciones por la vía del decreto, mientras la Justicia analiza cada detalle del mega paquete de medidas del Gobierno

El Gobierno analiza cambios en la legislación laboral, pero desde la CGT creen que el plan es avanzar con las cuestiones “más duras” del decreto frenado por la Justicia después de las elecciones nacionales de octubre.

 

“Los cuestionamientos judiciales a la Reforma Laboral aprobada a través del DNU 70/ 2.023 tienen que ver con el decreto y no con el contenido, es decir, se cuestiona que se haga la reforma por decreto, cualquier modificación legal se puede hacer”explicó a iProfesional una fuente cercana a la secretaria de Trabajo que depende ministerio de Capital Humano.

Reforma laboral: los 3 puntos que el Gobierno insiste en modificar y están frenados

La fuente explicó a este medio que los cambios laborales frenados por la Justicia son:

  1. la suspensión del capítulo laboral del DNU 70/2023 (arts. 53 a 97). Por lo tanto, no rige el período de prueba de 8 meses. También siguen vigentes las indemnizaciones agravadas (por despido, empleo no registrado, etc.) y no corren las restricciones al derecho de huelga ni los cambios en convenios colectivos de trabajo, muchos de los cuales datan de 1.975.
  2. también se frenó el decreto que eliminaba el feriado del 27 de junio para estatales.
  3. está suspendido el último decreto que ampliaba al 75% los servicios mínimos obligatorios durante paros (afectaba salud, educación, transporte, medios, banca, etc.).

La presencia del secretario de Trabajo, Julio Cordero, en la última reunión del Consejo de Mayo de hace dos semanas, liderada por el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, marcó el tono del encuentro que giró en torno al punto ocho del Pacto de Mayo, firmado el 9 de julio por el Poder Ejecutivo y 18 gobernadores que es la Reforma Laboral.

La inclusión de Cordero en esa reunión se puede interpretar como un mensaje político, ya que el Gobierno buscará avanzar hacia cambios en el régimen de empleo, aunque por ahora el tratamiento parlamentario se postergará hasta después de las elecciones nacionales de octubre.

 

En esa reunión, los representantes de la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Confederación General del Trabajo (CGT) analizaron el diagnóstico de Cordero, pero mostraron sus dudas en relación con la aplicación de la ley en el futuro.

En los últimos días, tanto el presidente Javier Milei como la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, han manifestado que “la reforma laboral es uno de los ejes prioritarios del oficialismo para la segunda etapa del mandato de este Gobierno, que se iniciará a partir del 11 de diciembre de este año”

El esquema de trabajo elegido como la participación acotada de los gremialistas y acuerdos progresivos, busca evitar el desgaste político de una confrontación abierta antes de las elecciones y la promesa de lograr una especie de síntesis este año deja en claro que, el Gobierno avanzará para lograr que la reforma laboral se aplique en todas sus formas para que el mercado de trabajo se flexibilice y permita crear más empleo en blanco que está frenado desde el 2.008 cuando estalló la crisis con el campo.

“Si bien ya hemos hecho avances en materia de legislación laboral, a partir del 11 de diciembre vamos a continuar con la reforma laboral”. Esta frase lanzada por Milei hace dos semanas en su reciente discurso en la Bolsa de Comercio, Milei anticipó uno de los ejes de su plan de gobierno para después de las elecciones nacionales de octubre.

En esa dirección se suma el ministro de Desrregulacion y Transformación, Federico Sturzenegger, uno de los hacedores del DNU 70, quien junto con Pettovello buscarán reinstalar medidas ya frenadas por la Justicia: como limitar las cuotas solidarias, eliminar la ultraactividad de convenios y descentralizar negociaciones colectivas.

Sturzenegger, es el impulsor del decreto 340/2.025 contra el derecho a huelga, que fue suspendido por la Justicia laboral, y tiene un rol clave en el Consejo, junto con Francos, Pettovello y Cordero.

Por otro lado, desde la CGT y la UIA, con posiciones opuestas entre ambas, buscan incidir en las discusiones dentro del Consejo de Mayo, pero tienen en claro que si La Libertad Avanza (LLA) gana por un margen importante las elecciones nacionales de octubre, el Gobierno insistirá en que se apruebe un proyecto de reforma laboral más profundo y rápido que el actual.

La reforma laboral, en particular los puntos contenidos en la Ley Bases, tuvo varios obstáculos debido a los amparos judiciales que han suspendido su implementación.

Indemnización, blanqueo y período de prueba, otros puntos claves

Estos puntos, entre otros, se vieron frenados por amparos judiciales que cuestionaban la constitucionalidad de las modificaciones introducidas por la Ley Bases:

  • Indemnización por despido: Se buscaba modificar el cálculo de las indemnizaciones, estableciendo topes o bases diferentes a las actuales, lo que generaba preocupación entre los trabajadores sobre la pérdida de derechos laborales.
  • Responsabilidad solidaria: la reforma pretendía limitar la responsabilidad solidaria de las empresas contratistas, lo que podría afectar a los trabajadores tercerizados al dificultar la posibilidad de reclamar ante la empresa principal por incumplimientos laborales.
  • Período de prueba: con esta nueva modalidad se buscaba extender el período de prueba para nuevos contratos, lo que generaba incertidumbre entre los trabajadores sobre la estabilidad laboral durante ese período.

Otros de los aspectos que tiene la reforma son:

  • Blanqueo laboral: donde a través de un programa de regularización de trabajadores no registrados o sub-registrados, permitiendo a las empresas condonar deudas por aportes y contribuciones a cambio de la registración.
  • Simplificación de la registración con la que busca simplificar los trámites de registración laboral mediante mecanismos electrónicos.
  • Negociación colectiva: donde se establecieron parámetros para guiar la negociación colectiva, incluyendo incrementos salariales y recomendaciones sobre flexibilidad interna.

Pero uno de los puntos más discutidos es el nuevo esquema de vacaciones que propone la reforma, un aspecto central para la vida laboral y personal de los trabajadores.

En ese aspecto, uno de los principales cambios impulsados por el Gobierno es legalizar la posibilidad de dividir las vacaciones según las preferencias del trabajador.

Hay que considerar que la normativa laboral argentina marcaba que las vacaciones debían tomarse de forma continua y dentro de un período determinado por el empleador.

Con la reforma laboral 2025, se le permite a los empleados a dividir su período de descanso anual en diferentes momentos del año, con la condición de que cada tramo tenga una duración mínima de siete días corridos. De esta forma, se genera una mayor autonomía al empleado para planificar su descanso según sus necesidades.

Además, se extiende el plazo para utilizar las vacaciones correspondientes a un año calendario. De esta forma, los empleados tienen hasta el 30 de abril del próximo año para tomarlas.

Esa notificación de las vacaciones tiene que hacerse con una anticipación mínima de 21 días, lo que le permite a las empresas reorganizar sus equipos de trabajo sin mayores inconvenientes.

En el caso de que dos personas casadas trabajen en el mismo establecimiento, el empleador tiene que garantizar que ambos puedan tomar sus vacaciones en el mismo lapso, incentivando la armonización familiar.

Es importante explicar que la reforma no se limita únicamente a las vacaciones, sino que también hay importantes modificaciones en las licencias ordinarias y extraordinarias, especialmente en el caso de la licencia por maternidad.

Si bien se mantiene la prohibición de que las mujeres trabajen durante los 45 días anteriores al parto y los 45 posteriores, constituyendo una licencia de 90 días, se incorpora una nueva opción para ellas.

En este sentido, se puede reducir la licencia previa al parto, aunque no puede ser inferior a 30 días, y utilizar el resto de los días para disfrutarlo luego del nacimiento del bebé. Asimismo, en el caso de un nacimiento prematuro, el lapso que no se haya utilizado previo al parto se acumula de forma automática a la etapa posterior, garantizando una licencia no menor a 90 días.

Al mismo tiempo, se introduce la obligatoriedad de comunicar el embarazo al empleador a través de un certificado médico en el que se indique la fecha probable de parto. A través de esta notificación, la trabajadora tiene derecho a estabilidad laboral y a una garantía esencial para evitar despidos arbitrarios durante la gestación y puerperio.

También se incorpora la figura del fondo de cese laboral, el cual busca reemplazar al sistema tradicional de indemnizaciones. Se trata de un mecanismo que le permite al empleador y trabajador acordar una modalidad de desvinculación, incluyendo licencias o ausencias pactadas, lo que podría ocasionar mayor previsibilidad en los procesos de salida.

Se elimina además la presunción automática de relación laboral en los contratos de servicios profesionales, lo que genera un impacto de forma directa en la gestión de licencias y ausencias para trabajadores independientes o monotributistas.

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