El ministro de la Corte de Santa Fe, Daniel Erbetta, explicó que la medida es personalizada, no puede abarcar a todos los periodistas. Por eso piensa que el juez desconoce el derecho o incurre en delito con la prohibición.
Especialistas en Derecho Penal y Derecho Constitucional sostiene que la medida cautelar dictada por el juez federal Alejandro Maraniello no tiene el imperio para impedir que se difundan los audios que se atribuyen a Karina Milei. Esto, porque la condición para imponer una restricción es que esta sea personalizada.
“Cualquier periodista puede difundir los audios sin estar alcanzado por la desobediencia”, dijo a LPO el ministro de la Corte de Santa Fe, Daniel Erbetta, que es docente de Derecho Procesal Penal en la Universidad Nacional de Rosario.
“El juez que dispuso la medida cautelar o desconoce el Derecho o incurrió en un abuso de autoridad porque dictó una decisión contraria a un Derecho sistémico de carácter constitucional que nunca puede restringirse anticipadamente, que es la libertad de expresión, pilar del funcionamiento democrático”, agregó Erbetta.
El juez que censuró los audios de Karina está denunciado por acoso sexual, laboral, violencia de género y abuso de podeR
“Lo que hizo el juez es inaceptable. Edgardo Donna, en su Tratado de Derecho Penal, claramente dice que está prohibido limitar anticipadamente el derecho de libertad de expresión. Y este magistrado o desconoce el derecho, o hasta podemos decir que incurre en un prevaricato, o en un abuso de autoridad típico, que es dictar una norma contraria, expresamente contraria a la Constitución Nacional. Esto es así, obviamente, no sólo por el texto constitucional del 94, sino porque en el fallo Kimmel contra Argentina, la Corte Interamericana obligó a Argentina incluso a modificar los delitos de injuria y calumnia a punto tal de que hoy, prácticamente, cuando se trata de un asunto de interés público, la libertad de expresión tiene un bill de indemnidad, es intocable”, agregó.
El juez que dispuso la medida cautelar o desconoce el Derecho o incurrió en un abuso de autoridad porque dictó una decisión contraria a un Derecho sistémico de carácter constitucional que nunca puede restringirse anticipadamente, que es la libertad de expresión, pilar del funcionamiento democrático.
Erbetta sostuvo además que los periodistas que difundan los audios prohibidos por la cautelar de Maraniello, denunciado por al menos ocho delitos ante el Consejo de la Magistratura, no incurren ni en delito ni en incumplimiento.
“Hay un segundo error del juez, que es que él dispone una cautelar y manda un oficio al Enacom, que no se entiende para qué, porque el Enacom no tiene competencia para prohibir a periodistas publicar audios. ¿Quién es el Enacom? El único destinatario de la medida cautelar es el Enacom. Por lo tanto, al no haber un destinatario determinado, jamás puede un periodista incurrir en el delito de desobediencia, porque la desobediencia es un delito de propia mano”. Se llama delito de propia mano aquel que sólo lo puede cometer la persona que está indicada para cumplir la orden.
Una opinión semejante expresó a LPO el constitucionalista rosarino Oscar Blando, que es docente de posgrado en Derecho Constitucional en la Universidad Nacional de Rosario. “Frente a las acusaciones de corrupción el poder sólo atina a censurar y allanar medios opositores en una deriva claramente autoritaria. La libertad de expresión no es una libertad más: no hay democracia sin libertad de buscar, recibir difundir informaciones, como reza la Convención Americana”, indicó.
Bullrich lloró y negó en vivo que haya pedido allanar a Rial, pero le leyeron la denuncia donde lo pide
Blando explicó que la censura previa está prohibida en la Argentina desde 1853. El bloque constitucional junto al convencional sigue la misma línea. y el artículo 13 de la Convención Americana de DDHH lo ratifica: no hay censura previa sino responsabilidades ulteriores “Acá estamos hablando de un tema de interés público y respecto de una funcionaria pública, que es la secretaria General de la Presidencia, por lo que ninguna censura previa puede legitimarse. Desde el caso “Servini” la Corte Nacional tiene dicho que incluso en casos donde se invoque el honor y la intimidad éstos no “admiten protección judicial preventiva”.
Acá estamos hablando de un tema de interés público y respecto de una funcionaria pública, que es la secretaria General de la Presidencia, por lo que ninguna censura previa puede legitimarse. Desde el caso “Servini” la Corte Nacional tiene dicho que incluso en casos donde se invoque el honor y la intimidad éstos no admiten protección judicial preventiva.
La medida cautelar además, para el docente rosarino y ex diputado provincial santafesino, no tiene plazo ni sujeto pasivo. “¿Quién podría apelarla?”, se interrogó. Además, cuestionó como Erbetta que el fallo de Maraniello faculte al Enacom a asegurar el cumplimiento de la medida, cuando es un órgano que no tiene atribuciones para ello. “Por lo tanto, cualquier persona o medio podría difundir esos audios u otros sin inconvenientes”, enfatizó.
Para Blando, “tanto o más grave es aún el pedido de allanamiento al canal de streaming y a los periodistas que difundieron los audios, invocando extrañas conspiraciones sin ningún respaldo probatorio, que involucran a rusos, chavistas, bolivianos, nicaragüenses y cubanos, es la pretensión de violar la garantía constitucional de preservación de las fuentes de información”.
Blando incluso destacó que no es un detalle menor que el juez Maraniello arrastre denuncias de gravedad en el Consejo de la Magistratura y esté concursando un cargo de camarista, “circunstancias que atentan contra su independencia e imparcialidad en esta causa”.
Reveló que en la cumbre del viernes encabezada por Milei se analizó detener a los periodistas. “Adorni empujaba esa idea”, dijo.
Jorge Rial reveló que la censura del gobierno a los audios de Karina Milei, que pudo imponer a través de una polémica cautelar, fue en realidad una instancia intermedia en el objetivo inicial del gobierno que era meter presos a los periodistas que publicaron las grabaciones.
“Todo esto que armaron fue para calmarlo” a Javier Milei, que según reveló Rial en Radio 10 estaba desestabilizado por la aparición de los audios de su hermana. “El viernes fue una noche dura, esa reunión en Rosada fue muy dura”, agregó sobre el encuentro donde se habría decidido la embestida judicial contra la prensa.
“El objetivo en realidad era meternos presos, ir a buscarnos esa misma noche y meternos en cana”, reveló Rial. “La idea original de algunos era esa, incluido Adorni”, agregó respecto al vocero.
El objetivo en realidad era meternos presos, ir a buscarnos esa misma noche y meternos en cana
“El más sensato dicen que fue Santiago Caputo, que les dijo ‘de esto no volvemos’. Lo cambiaron por esto (las presentaciones judiciales), pero la idea original era meternos en cana”, contó Rial.
Censura: el Gobierno consigue un fallo que prohíbe la difusión de los audios de Karina
“Lo único que me preocupa es qué pasará dentro de la Rosada tan grave como para que estén asustados. El audio que salió es intrascendente, no dice nada. La pregunta que me hago es ¿qué cosas se cocinaron en estos casi dos años dentro de la Casa de Gobierno como para que estén tan asustados con que eso salga a la luz?”, se preguntó Rial. “¿De qué habla Karina Milei tan secreto que no se puede saber?”
“Ya dieron a conocer que su desapego por la ley es absoluto, que la Constitución no les importa, ni la separación de poderes, ni nada”, completó Rial en referencia a la denuncia de Bullrich en la que pide allanamientos a medios y periodistas, y también al pedido de la legisladora Florencia Arietto para “obligar” a los periodistas a revelar las fuentes.
En lo que parece forum shopping, la denuncia de Bullrich recayó en un juez que depende del Gobierno para que no lo destituyan.
El juez que frenó la difusión de los audios a pedido de Patricia Bullrich tiene seis expedientes abiertos en el Consejo de la Magistratura, entre ellos uno por acoso sexual. Hay sospechas de forum shopping.
Alejandro Patricio Maraniello enfrenta un panorama muy complejo en el Consejo, dónde la Comisión de Disciplina lo investiga desde el 14 de agosto por abuso de poder, acoso laboral y sexual, maltrato, manejo inadecuado de recursos públicos.
“El tipo está hasta las bolas con las denuncias. No es raro que haya firmado esto arrastrándose con el gobierno a ver si alguien lo zafa”, le dijo a LPO una fuente judicial.
En tribunales mencionan con ironía la teoría de la “casualidad permanente”. Solo así pueden explicar que la denuncia de Bullrich haya caído en manos de un juez que depende del gobierno para evitar la destitución. Por eso hablan de “forum shopping”.
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Tras la presentación de los abogados de Bullrich, Maraniello actuó con velocidad. Dispuso con efecto inmediato la prohibición de difundir los audios “a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web”. También ordenó librar oficio urgente al Enacom, con habilitación de días y horas inhábiles. Fuentes judiciales explicaron a LPO que la Corte no se expresará sobre la resolución de Maraniello por tratarse de una “causa judicializada”
Maraniello tiene dos frentes abiertos: uno en la justicia federal y otro en el Consejo, donde la Asociación de Empleados y Funcionarios del Poder Judicial llevó el caso de una trabajadora violentada por el juez.
La empleada lo acusó de haberla acosado sexualmente. La denuncia dice que en un principio la hostigó para concretar un encuentro fuera del horario laboral. La víctima explicó que fue “sometida a tocamientos y besos no consentidos” y que al final tuvo que acceder a mantener relaciones sexuales para terminar con la situación de acoso.
Los episodios continuaron, por eso la víctima lo denunció Unidad de Bienestar Laboral Fuero Contencioso Administrativo Federal, según publicó Noticias Argentinas.
El caso llegó a la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, pero la víctima dijo que no quería abrir una acción penal. Sin embargo, la fiscal Mariana Labozzetta consideró que podría haberse configurado un delito de acción pública y avanzó con una denuncia que quedó en manos de Carlos Stornelli y María Servini.
Por acceder a la censura previa que pidió Bullrich Milei, Maraniello ya fue bautizado en las redes como el juez Baru Budu Budía. Así apodó Tato Bores a María Servini, que en 1992 impidió que se la mencionara en Tato de América.
Paradójicamente, la conmemoración del 2 de Setiembre como Día de la Industria, es reconocer un acto de transgresión a las reglas de aquel momento, cuando desde Buenos Aires zarpó un pequeño barco con destino a Brasil, llevando una serie de productos textiles producidos en Santiago del Estero a instancias del Obispo del Tucumán, contraviniendo los bandos que lo prohibía. De aquel histórico día hasta la fecha, la Industria Nacional, con mucho esfuerzo fue fortaleciéndose, no sin inconvenientes y limitaciones, internas y externas.
Nuestra provincia puede dar fe de ello a lo largo de sus escasos 73 años de existencia y seguramente en los actos oficiales de conmemoración, dará cuenta del compromiso que debe tener un gobierno provincial en la consolidación de una base industrial ágil, dinámica y competitiva. A decir verdad, difícil momento para dar continuidad a lo realizado en años en los últimos 20 años, etapa en la cual la industria chaqueña se recuperó y de la mano de un Estado presente, logró fortalecer los actuales Parques Industriales y la creación de otros en varias regiones del Chaco, como clara señal de apostar a la incorporación de valor a nuestra materia prima y la generación de empleo genuino.
Ese enorme esfuerzo se cristalizó en unir nuestra provincia a la línea de 500KW garantizando energía constante y regular; dotar de infraestructura básica a los Parques Industriales: Agua potable, Asfalto, Red de Fibra óptica, Gas Natural, nuevo Puerto de Las Palmas, fortalecimiento de la compañía de Logística Provincial COLONO, creación y consolidación de la Bolsa de Valores Chaqueña como instrumento crediticio, sumado a un Banco del Chaco acompañando con créditos accesibles, hicieron tentadora la oferta para la llegada de inversiones.
Así se fueron poblando los Parques Industriales; Puerto Tirol, puede dar fe de ello. Paralelamente se fortaleció la Educación Técnica y se crearon nuevas instituciones, cuyos alumnos comenzaron a transitar las naves industriales, acercando a nuestros jóvenes al mundo del trabajo mediante pasantías. Las Escuelas de Formación Profesional se institucionalizaron , contribuyendo a la formación de mano de obra calificada.
A ello se sumaba un mercado interno fuerte y salarios de convenio. Las empresas ya existentes se animaron a encarar otros proyectos de ampliación naciendo así la generación energética por biomasa, sumando Megawatts a la red nacional.
Chaco se incorporó activamente a la Federación Argentina de Parques Industriales, y Puerto Tirol, pasó a ser un emblema, exhibido con legítimo orgullo en el concierto nacional. Fuimos parte de ello y por eso lo defendemos con convicción. Ese círculo virtuoso es el que no debe perderse.
Y desde nuestra provincia, mostrando lo realizado, sin entrar en la lógica que nos proponen de enfrentarnos entre los que pensamos diferente, debemos exigir políticas públicas que acompañen a nuestro sector privado empresarial y a nuestros obreros industriales para sostener su dignidad. Sería el mejor festejo en este 2 de Setiembre.