CORRUPCION
CHACO el uso discriminatorio de la pauta publicitaria “atenta contra la libertad de expresión”
La Fiscalía de Investigaciones Administrativas advirtió que el reparto discriminatorio de la pauta oficial constituye una forma de censura indirecta y recomendó sancionar una ley que establezca criterios objetivos, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema y las recomendaciones de la CIDH. El dictamen se inscribe en un contexto de deterioro de la libertad de prensa en el Chaco, derivado de la política de premios y castigos que el gobierno de Leandro Zdero aplica a los medios locales según su línea editorial.
Por Bruno Martínez__ La metodología aplicada por el gobierno de Leandro Zdero de utilizar la pauta publicitaria oficial para condicionar la línea editorial de los medios de comunicación —quitando u otorgando recursos según lo que se publica— desconoce jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, contradice disposiciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y es incompatible con la democracia.
Si bien esta cuestión fue denunciada en reiteradas ocasiones por medios chaqueños severamente afectados por este uso indebido de fondos públicos por parte del secretario de Asuntos Estratégicos, Marcos Resico (responsable del reparto de la pauta oficial), recientemente un organismo local de contralor lo ratificó de manera contundente al responder un pedido de opinión solicitado por la Cámara de Diputados provincial en el marco de un proyecto de ley vinculado a la materia.
El pasado 5 de septiembre, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) emitió un dictamen sobre el Proyecto de Ley 2222/19. La iniciativa, que actualmente se encuentra en trámite en la Comisión de Legislación General, Justicia y Seguridad del Poder Legislativo, tiene como objetivo principal evitar que los funcionarios utilicen recursos del erario público para promocionarse. Se busca así delimitar cuales son los contenidos adecuados para publicitar en los medios de comunicación, mediante los contratos de pauta oficial, impidiendo así el uso de fondos estatales con fines propagandísticos partidarios.
En la resolución 3019/25, el fiscal general, Gustavo Leguizamón, hizo especial hincapié en la necesidad de establecer criterios claros para la distribución de la pauta oficial, teniendo en cuenta el amplísimo margen de discrecionalidad con que cuentan la mayoría de los gobiernos para utilizar esta herramienta como medio de premio o castigo.
En este esquema también se incluye la potestad que ejercen para imponer a los medios contenidos ajenos a lo que podría considerarse actos de gobierno, obligando a los responsables editoriales a incorporar en sus publicaciones mensajes partidarios o proselitistas como parte del “paquete” de la publicidad estatal.
Leguizamón citó en primer lugar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y a la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), destacando que la utilización de la pauta oficial sin criterios objetivos puede derivar en prácticas que afectan la independencia de los medios.
La CIDH advirtió que la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial, con el objetivo de presionar, castigar o premiar a comunicadores sociales y medios en función de sus líneas informativas, “atenta contra la libertad de expresión y debe estar expresamente prohibida por la ley”, calificando esto como una forma de “censura indirecta”.
Por su parte, la ADC sostiene que, si bien no existe un derecho intrínseco de los medios a recibir recursos del Estado por publicidad, sí existe el derecho de no ser discriminados por sus contenidos editoriales. “Es decir, el Estado puede no asignar pauta, pero si decide hacerlo debe evitar distribuir esos recursos en forma discriminatoria”, señala la Asociación.
Necesidad de regulación
La FIA enfatizó que el problema radica en la discrecionalidad del funcionario cuando no existe un marco normativo que regule la distribución de la pauta publicitaria. Por ello, resulta fundamental reglamentar su asignación y promover prácticas transparentes.
El dictamen cita jurisprudencia respecto de esta cuestión. En el caso Editorial Río Negro SA contra la Provincia de Neuquén, la Corte Suprema de Justicia de la Nación afirmó que el retiro de publicidad oficial a un diario por una “cobertura crítica” violaba la libertad de expresión, consideró que hubo discriminación y ordenó fijar un método objetivo de distribución.
Mismo criterio fue aplicado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, en el caso Editorial Perfil contra el Estado Nacional, por haber sido excluida del reparto de la pauta oficial como consecuencia de su postura crítica contra el gobierno del por ese entonces presidente, Néstor Kirchner.
Criterios
La FIA mencionó los criterios establecidos por la CIDH en 2011, que deben guiar la regulación de la pauta. Estos son: definiciones claras de publicidad oficial, apuntando a garantizar el principio de utilidad pública; asignación de pautas sobre la base de criterios claros, públicos y establecidos con anterioridad; planificación anual o semestral de la asignación y procesos de contratación a través de procedimientos abiertos, transparentes y no discriminatorios.
La clave, según la Fiscalía, está en delimitar normativamente la publicidad oficial sin restringir la pluralidad de voces ni condicionar la línea editorial de los medios, protegiendo así tanto el derecho a la información como la libertad de expresión.
REVISTA LITIGIO
CORRUPCION
HUMILLAR PARA DISCIPLINAR
En el Chaco hay escenas que no deberían existir en una democracia. Y, sin embargo, se repiten —cada vez con menos pudor— como si fueran parte del paisaje. Dos abogadas del fuero provincial fueron al Servicio Penitenciario Provincial a entrevistar a sus asistidos. No iban “a ver qué pasaba”. Iban con autorización judicial expresa, con una orden vigente y debidamente notificada. Aun así, las dejaron más de una hora y media a la intemperie, bajo el sol, sin permitirles el ingreso. La entrevista no se concretó.
No es un episodio menor. No es “una demora”. No es “un malentendido”. Es un método: humillar para disciplinar.
Porque cuando el Estado frena una entrevista autorizada, lo que está haciendo no es “poner orden”: está enviando un mensaje. Y el mensaje es simple, brutal y peligrosísimo: la defensa entra cuando nosotros queremos; la orden judicial vale si nosotros queremos; los derechos valen si nosotros queremos.
La trampa del “privilegio”
Cada vez que un abogado reclama condiciones mínimas de trabajo en un contexto de privación de libertad, aparece el coro previsible: “¿Qué privilegio reclaman?”.
Hay que decirlo con claridad: no es privilegio. Es garantía. Es una garantía para el desempeño profesional, y, por esa vía, una garantía para el ciudadano, para el imputado, para la víctima y para el propio sistema de justicia.
Nuestra ley procesal provincial reconoce que en el ejercicio profesional los abogados deben ser tratados con el respeto y consideración que se guarda a los magistrados. No para elevarnos a un pedestal, sino para impedir lo que está pasando: que el operador de turno, el funcionario de guardia o la lógica del castigo social decidan cuándo la defensa puede ejercer y cuándo no.
Si el abogado defensor puede ser humillado, demorado, hostigado o “castigado” por insistir en una orden judicial, entonces el derecho de defensa se transforma en un decorado. Se mantiene la forma —para la foto—, pero se vacía el contenido.
Y cuando la defensa es decorativa, la democracia también.
La defensa penal no es un enemigo
En paralelo al destrato institucional, crece un clima social que no es espontáneo. Se alimenta. Se produce. Se reproduce. En redes sociales se denosta a la defensa penal como si fuese una actividad vergonzante. Se confunde deliberadamente al defensor con el defendido. Y algunos discursos —incluso mediáticos— deslizan o afirman que quien defiende “encubre”.
Eso no es ignorancia: es una operación cultural que debilita el Estado de Derecho.
El defensor penal no está para “caer simpático”. Está para hacer lo que muchas veces nadie quiere escuchar: que el Estado debe probar, que debe investigar con reglas, que no puede “arreglar” con atajos, que la detención no puede ser un castigo anticipado, que la dignidad humana no se suspende por una imputación.
Defender no es justificar.
Defender es exigir legalidad.
Defender es poner límites.
Defender es recordar que el poder punitivo también debe rendir cuentas.
Cuando se instala la idea de que el abogado defensor es un “encubridor”, lo que se busca es otra cosa: habilitar el hostigamiento. Volver aceptable que se lo persiga, se lo amenace, se lo escupa simbólicamente hasta que un día el escupitajo sea literal. Y en causas de alta exposición —como lo vimos en el caso Sena— ese linchamiento mediático y material ya estuvo demasiado cerca de convertirse en tragedia.
No es exageración. Es experiencia.
El espectáculo de la vulnerabilidad
A este clima se suma algo todavía más degradante: la circulación de imágenes de personas detenidas —y, en particular, de un colega abogado— exhibidas en estado de vulnerabilidad, tratadas como objeto de consumo público. Como si la humillación fuese entretenimiento. Como si el dolor ajeno fuese un contenido más.
Esa lógica de zoológico humano no es “información”. Es castigo. Es escarmiento. Es pedagogía del miedo.
Y lo más grave: el escarmiento siempre necesita un nuevo cuerpo. Hoy es uno. Mañana es otro. Pasado, cualquiera.
“Hoy van contra ellos”.
La pregunta que duele
Hoy se señala a ciertos nombres, se los usa como símbolo de la época, se los expone, se los estigmatiza: Osuna, Gabriela Tomljenovic, Olga Mongeloz, Galassi. No importa aquí qué opinión tenga cada quien sobre cada caso. El punto es otro, y es institucional: si aceptamos que se castigue a la defensa por trabajar, mañana no habrá defensa posible para nadie.
¿De verdad vamos a naturalizar la “prisión por trabajar”?
¿Vamos a tolerar que un abogado sea tratado como sospechoso por ejercer su tarea?
¿Vamos a permitir que las órdenes judiciales se cumplan según el humor de un mostrador?
La democracia no se rompe de golpe: se desgasta. Se “acostumbra”. Se vuelve indiferente. Y un día, cuando alguien necesite que la ley lo proteja, descubre que la ley ya no está: quedó convertida en trámite, en papel, en relato.
Lo que juramos
Nos formamos durante años para defender derechos. Años de facultad, de estudio, de práctica, de errores y aprendizaje. Y el día de la matrícula, juramos algo que no es una frase decorativa: cumplir y hacer cumplir la Constitución.
Yo no lucho por una bandera corporativa.
Lucho, todos los días, por la calidad democrática y por el respeto a los derechos de todos los ciudadanos sin importar su condición. Lucho porque sé —como sabemos tantos— lo fácil que es perder el piso institucional cuando la sociedad aplaude el castigo y el Estado se acostumbra a no rendir cuentas.
Y por eso lo digo con toda la fuerza que exige este tiempo: no quiero que esto se vuelva costumbre en mi provincia.
Unidad, sí. Silencio, no.
La abogacía tiene que estar más unida que nunca. No para encubrir nada. Para defender lo elemental: que el ejercicio profesional no sea un deporte de riesgo; que el acceso a la defensa no dependa de humillaciones; que el respeto no sea un premio; que el derecho no sea un favor.
Unidad para decir basta cuando se obstaculiza una entrevista autorizada.
Unidad para repudiar el show de la vulnerabilidad humana.
Unidad para explicar —una y mil veces— que la defensa penal no es el problema: es una de las últimas barreras contra el abuso.
Porque lo que hoy se presenta como “mano dura” contra la defensa, mañana será mano dura contra cualquiera que incomode: periodistas, docentes, militantes, familias, ciudadanos comunes. La arbitrariedad no tiene ideología cuando se vuelve costumbre; solo tiene hambre.
Un límite civilizatorio
En un Estado de Derecho hay algo que no se negocia: la dignidad. La del detenido y la del defensor. La del imputado y la de la víctima. La del que cae bien y la del que cae mal. Si la dignidad se convierte en un bien selectivo, entonces ya no hablamos de justicia: hablamos de revancha.
El Chaco no necesita más escarnio. Necesita instituciones que funcionen, órdenes judiciales que se cumplan, y un sistema penal que no sea un teatro de castigo público.
Si hoy humillan para disciplinar, la respuesta no puede ser el silencio.
La respuesta debe ser un límite.
Porque cuando la defensa cae, cae con ella una palabra que todavía nos sostiene: República.
Por Celeste Segovia
*La autora es Abogada –Escribana- Magister en Derecho Penal, especialista en Derecho de Familia-Profesora Universitaria en Ciencias Jurídicas -Resistencia, Chaco.
CORRUPCION
Más purgas del gobierno de Zdero: echan a una trabajadora de Salud por ser concejala
Se trata de Soledad Bonilla, quién se desempeñó durante 10 años como contratada en el Ministerio de Salud del Chaco. Además, es concejala de la localidad de Hermoso Campo por el partido Frente Grande.
El partido Frente Grande del Chaco denunció que el despido de una trabajadora del Ministerio de Salud provincial, quién a su vez se desempeñaba como concejala en la localidad de Hermoso Campo, se dio en el marco de un acto de “persecución política” iniciada a partir de la asunción del gobierno de Leandro Zdero.
El partido reveló que Bonilla es trabajadora de Salud Pública en Hermoso Campo. Se desempeñaba como enfermera en el Hospital Arsenio Zeno. Desde hace 10 años es contratada del Ministerio de Salud y se desempeña “con aplicación y compromiso con su pueblo y su zona de influencia”.
En las PASO 2023, Bonilla integró las listas del Frente Grande en Hermoso Campo compitiendo dentro del Frente Chaqueño. Ingresó por la minoría en las listas y fue electa Concejala acompañando al actual Intendente.
Tras la asunción de Zdero, Bonilla fue objeto de múltiples persecuciones, entre ellas el traslado a una zona alejada de Hermoso Campo, que la ponía en problemas para criar a sus hijos y desempeñarse como Concejala.
“Soledad no se rindió a la persecución, aunque ambos ingresos no le permiten superar una canasta básica. Se mantuvo en su trabajo, se desempeñó como Concejala y sus ideas en alto”, destacaron desde el Frente Grande.
“Sin embargo, -advirtieron-, el gobierno provincial, como su líder nacional Milei, no soporta las diferencias y cree que es dueño del Estado. Por eso la despidió. Repudiamos a Zdero y su gobierno de persecución. Nos solidarizamos con Soledad Bonilla y exigimos su reincorporación”.
CORRUPCION
Coimas en Andis: una exfuncionaria hablaba de “karinear” el 3 por ciento
Ornella Calvete, hija del presunto recaudador de las coimas, fue citada a indagatoria.
Una exfuncionaria del Ministerio de Economía implicada en el escándalo de corrupción en la Andis bromeaba con “karinear” las comisiones que presuntamente obtenían con las coimas.
Se trata de Ornella Calvete, ex directora de Desarrollo Regional y Sectorial de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía e hija de Miguel Calvete, señalado por la justicia federal como el recaudador de las coimas de la Andis.
Ornella renunció a su cargo cuando salió a la luz que la Justicia allanó su casa y le encontró 700.000 dólares. La mujer está en pareja con Javier Cardini, que también trabajaba en Economía como subsecretario de Gestión Productiva y tuvo que renunciar por la investigación de las coimas.
Renunció una funcionaria de Caputo después que le encontraron 700 mil dólares: “Digo que me lo prestaron”
Entre los celulares secuestrados por la Justicia se detectó un audio de Ornella en la que le habla a su padre y se supone que lo apura con el reparto de dinero.
“Escuchame Pedro si no me atendés me quedo el 3%, no me hagas Karinearte la comisión”, dice en una obvia referencia a los dichos de Diego Spagnuolo sobre el porcentaje de las coimas que debía ir para Karina Milei.
Según consta en la causa, Ornella se refiere a su padre Miguel como “Pedro” porque él le había recomendado evitar su nombre para que no quede pegado. En otras conversaciones que ya habían surgido en la causa, Calvete hablaba del “3% para KM”.
Este jueves el juez Sebastián Casanello citó a indagatoria a Ornella para el próximo 19 de diciembre.
El magistrado también citó a declaración indagatoria a Diego Martín D’Giano, que fue director de Prestaciones Médicas en la Andis, y a Patricia Canavesio y Julio César Viera, ambos identificados por el fiscal como gente de confianza de Calvete padre.
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