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Bolatti: “Nueve días después el Municipio publicó la licitación de $2.600 millones”

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Adjudicarían los camiones tras proceso de licitación ilegal

Luego de haber denunciado irregularidades en el proceso de licitación para la compra de camiones y contenedores por parte del Ejecutivo Municipal, el concejal Fabricio Bolatti, expuso que finalmente, el 11 de abril apareció publicado el Boletín Oficial que contiene la Licitación N°5 para la adquisición de 16 camiones compactadores, cuya fecha de apertura de sobres fue el 3 de abril. “Nueve días después de que se haya cerrado la fecha de presentación a la Licitación, la gestión municipal publicó cuatro Boletines Electrónicos, todos con fechas anteriores, siendo el último el que convoca a la licitación vencida”, detalló el edil.

“El Boletín N°18 que se hace público el 11 de abril, debió cumplir con el objetivo de convocar y hacer pública la realización de una nueva licitación, sin embargo quien se anoticiaba de la misma, estaba imposibilitado de participar ya que el plazo de presentación había caducado hacía nueve días”.
“Ante la conducta que se avizora por parte de la actual gestión municipal, se daría luz verde con la adjudicación a ‘empresas amigas’, aunque haya sido secreta y exclusiva convocatoria, algo que es ilegal”.

 

Las irregularidades observadas en el proceso licitatorio

Dentro de las irregularidades observadas en el proceso licitatorio del Municipio, el concejal detalló:
*la licitación no fue publicada ni promocionada;
*no tuvo tratamiento ni aprobación del Concejo;
*el pliego fue hecho ‘a medida’ de una empresa, lo que deja de ser una forma de selección de la mejor oferta para ser un ‘trámite formal’ necesario para beneficiar a algún amigo.

Se trata de las licitaciones 5 y 7 del corriente año, que convocaron desde las ‘cuasi secretas’ Resoluciones Resoluciones de Intendencia N°560 y 562, de fechas 14 y 15 de marzo del 2024, con fecha de apertura de sobres de oferta el 3 y 4 de abril respectivamente. La primera es para la adquisición de 16 camiones compactadores y recolectores de residuos de carga trasera, por un monto de $2.400 millones de pesos, que se complementa con la Licitación N°7 destinada a adquirir 300 contenedores metálicos para carga trasera, por un monto de $219 millones.

 

Licitación silenciosa por $2.600 millones
No es suficiente dictar o sancionar una normativa para que tenga su efecto legal, es un requisito ineludible su publicación en el Boletín Oficial Público, para que luego de unos días pueda ser aplicable. Para el caso de las normas emitidas o sancionadas por las Autoridades Municipales de Resistencia, la publicación se debería hacer en el Boletín Electrónico Municipal, que debería estar actualizado y ser de fácil acceso en la web oficial de la Institución, también supletoriamente se puede o debe acudir a publicar en el Boletín Oficial Provincial.

En este caso, como en la gran mayoría de las normas y comunicaciones que se generaron en estos casi cuatro meses de gobierno de Roy Nikisch en el Ejecutivo y Alejandro Aradas en la Presidencia del Concejo, el grueso de las normas no fueron publicadas directamente. El Boletín Electrónico Municipal llegó en lo que va del año, a su Edición 14, de fecha 31 de enero del corriente año. Estas 14 publicaciones y la número 43 del 2023, son las únicas disponibles para consultas, esta gestión decidió sacar de la página oficial y del alcance de las y los interesados, todas las publicaciones de los años anteriores, además de no publicar ninguna edición más, por lo de esta gestión, solo se puede encontrar en la página web, la publicación de la Ordenanza Impositiva y Tributaria para este año 2024, y dos Resoluciones de Intendencia: la que resuelve el final del Blanqueo de Habilitaciones y llamativamente otra que ratifica la liquidación del Fideicomiso de Compras de la gestión anterior, todo el resto de las decisiones tomadas por esta gestión podrían estar irregulares, ya que muy pocas de ellas tienen su lugar en el Boletín Provincial, como medio alternativo y supletorio.

QUE NO ESTÉ PUBLICADA UNA RESOLUCIÓN QUE LLAMA A UNA LICITACIÓN, DIRECTAMENTE HACE QUE LOS POSIBLES OFERENTES NO TENGAN CONOCIMIENTO Y POR LO TANTO, NO PARTICIPEN. SOLO TIENEN LA OPORTUNIDAD, LOS QUE SON DIRECTAMENTE ANOTICIADOS POR LA GESTIÓN.

MÁS VALE TARDE QUE NUNCA
Finalmente, las licitaciones para comprar 16 camiones y 300 contenedores nuevos fueron publicadas en el Boletín de la Provincia, en la edición 11.078 del 3 de abril, mismo día en que la gestión de Nikisch abría los sobres de las cuatro empresas que hicieron sus ofertas, en tiempo récord, ya que las propuestas fueron presentadas dos días ante de que se dé a conocer el llamado a Licitación, lo que no es posible sin connivencia con los funcionarios que manejan la información.

NO SE ENVIARON LOS PLIEGOS PARA SU APROBACIÓN
La Carta Orgánica es muy clara, cuando en su artículo 137, inciso 16, establece que una facultad del Concejo Municipal es: “aprobar los pliegos de bases y condiciones generales de las licitaciones para los suministros, equipamientos y contrataciones de obras y servicios públicos”. Ni siquiera para su conocimiento, por parte del Cuerpo.

UN SISTEMA DE RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL, AMBIENTAL Y SOCIALMENTE SUSTENTABLE

Hoy Resistencia se encuentra en una de las peores situaciones de las últimas décadas, en cuanto a la situación de las más de 300 toneladas de residuos que genera diariamente, llegamos a un momento donde no tenemos capacidad de recolección del total de lo que se genera, ni de traslado hasta María Sara, no realizamos ninguna actividad que nos permita reciclar una mínima parte de la basura domiciliaria, el método o forma en que se hace la disposición final es el peor de todos, prácticamente funciona en la ilegalidad cuando se producen incendios accidentales u ocasionales y si no se los genera intencionalmente, estamos seguros que no se los apaga intencionalmente, de manera que el acto ilegal genera algo de lugar para poder depositar lo que llega al día siguiente.

Esta situación dramática que sobrevoló muchas gestiones, hoy podría haber tocado fondo, porque se terminó de desarmar lo único que durante años permitió patear más lejos el problema, que fue el esfuerzo y logros del personal municipal, más un servicio de transporte que fue y es cuestionado por su alto costo y poca transparencia en algunas gestiones.

Pero la parte positiva de esto ha permitido contar con un sistema de recolección domiciliaria de residuos bastante rescatable en momentos y aceptables en otros, con frecuencia y capacidad de traslado, que aunque fue muy caro para la ciudad, así como tentador para funcionari@s en algunas etapas, hizo que metamos la basura “bajo la alfombra” por lo menos, generando un increíble depósito de basura a granel a 25 kilómetros.

Pero estar en el momento “cero” también es una oportunidad para diseñar algo realizable, en etapas progresivas, que nos permita en el futuro tener un sistema más sustentable ambientalmente, que a su vez genere empleo con su reciclado, generando la oportunidad de resolver otras demandas que tiene la ciudad.

PLIEGO HECHO A MEDIDA, CERRADO A UN SOLO SISTEMA DE RECOLECCIÓN
Ver que los términos, particularidades y hasta el texto puntual que describe el bien a comprar, coincide con la ficha técnica o material de oferta emitido por una empresa (y algo más) que forma parte de las 4 que presentaron ofertas que están bajo análisis. El contenido del Pliego así diseñado genera efectos que podrían ser inconvenientes para la ciudad, por varios motivos, de los que vamos a citar algunos títulos:

Dejar fuera del análisis y estudio a otros sistemas de recolección y traslado que fueron mejorando en capacidad, trato de los residuos y mejor convivencia con la ciudad, a la hora de operar.

Al elegir este sistema de compactación, estamos alejándonos posiblemente de la oportunidad de iniciar un proceso de separación que nos permita iniciar el camino del reciclado sustentable.

Mucho de lo expresado, integra una idea y proyecto que vemos muy sustentable y positiva, la que fue presentada en un proyecto de ordenanza hace dos años, junto a Alicia Frias, lo consultamos y es muy rescatado por quienes pudieron conocerlo, pero no fue ni siquiera analizado o estudiado por las autoridades de turno, seguramente.

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La Justicia anuló designaciones de Martínez en cargos jerárquicos del Municipio de Resistencia

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En doce sentencias dictadas este lunes, la Sala Primera de la Cámara Contencioso Administrativa hizo lugar a las acciones de lesividad impulsadas por el actual intendente de Resistencia, Roy Nikisch, contra los nombramientos de personas en jefaturas y direcciones municipales durante el último tramo de la gestión de Gustavo Martínez.

La Sala Primera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró nulas las titularizaciones en cargos jerárquicos de doce empleados de la Municipalidad de Resistencia avalando así las acciones de lesividad impulsadas por el intendente radical Roy Nikisch al considerar que existieron vicios en más de 650 designaciones realizadas en los últimos meses de la gestión municipal anterior.

Los fallos, que llevan las firmas de las juezas Natalia Prato Stoffel y Geraldine Varas, exponen la falta de subrogancias previas, ausencia de partidas presupuestarias y violaciones al Estatuto Municipal.

“No es posible pasar por alto actos que afectan derechos de otros agentes y la capacidad administrativa del Municipio”, señalan las sentencias, a las que tuvo acceso LITIGIO, que respaldan un informe de la Comisión Revisora -creada por Nikisch- que calificó las designaciones como “contrarias al orden público”.

Los casos

Al asumir su gestión, el intendente radical Roy Nikisch impulsó una batería de acciones de lesividad contra distintas medidas tomadas durante el último tramo de gobierno de su antecesor Gustavo Martínez vinculadas a nombramientos en cargos jerárquicos y pases a planta permanente a personal del Municipio.

En estos doce expedientes, la Cámara Contenciosa declaró la nulidad de la Resolución N° 3347/23, que en noviembre de 2023 había designado masivamente a 303 empleados en cargos jerárquicos sin cumplir con los requisitos legales. En la mayoría de los casos, los nombrados no habían subrogado previamente los cargos, tal como argumentaba la resolución que los promovió.

Los fundamentos 

Las juezas Natalia Prato Stoffel y Silvia Geraldine Varas determinaron que las designaciones se basaron en hechos falsos, por ejemplo, subrogancias inexistentes, lo que configura nulidad absoluta según el art. 126 de la Ley 179-A. Además, advirtieron que las ordenanzas municipales que intentaron convalidar las designaciones no sanearon los vicios de origen. La Cámara citó precedentes que invalidan “leyes ratificatorias” de actos inconstitucionales.

En ese contexto, las magistradas consideraron que las irregularidades afectaron el interés público y violaron el principio de igualdad entre empleados, ya que beneficiaron a agentes sin mérito.

En todos los casos, los agentes promovidos deberán dejar sus jefaturas y direcciones y mantendrán sus puestos de trabajo correspondientes. A su vez, el Municipio deberá revisar las demás designaciones anuladas y reasignar los cargos conforme a la ley.

LITIGIO

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Nuevas denuncias contra Nikisch por presuntos sobreprecios en contrataciones y alquileres

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El Concejal Fabricio Bolatti, advirtió -una vez más- sobre la existencia de sobreprecios en las contrataciones y compras que ejecuta Roy Nikisch en el Municipio de Resistencia y adelantó que presentará un informe ante organismos de control, donde observa que los alquileres de maquinarias y equipos pasaron a tener principal importancia para la gestión a partir de febrero/25, mes en el que las licitaciones alcanzaron los 9.000 millones de pesos.

“Este volumen de contrataciones presenta características y sobreprecios que se adaptan especialmente a prácticas ilegales utilizadas para ‘hacerse de fondos públicos’ por parte de funcionarios a cargo”, sentenció el edil.

Bolatti mencionó que al inicio de la gestión, Nikisch optó por afectar los recursos a la adquisición de maquinaria y camiones necesarios para la prestación de servicios del municipio. “Algo que, de no ser por cómo se realizaron las operaciones, habríamos estado de acuerdo, ya que desde el segundo semestre 2024 a la fecha se adquirieron con procedimientos irregulares más de 50 equipos”, señaló.

“Sin embargo, llamativamente, en febrero de 2025 la gestión resuelve licitar el alquiler de 138 equipos por 6 meses, poniendo como presupuesto oficial de referencia una suma superior a los 9.000 millones de pesos. Una desproporción que permite ver irregularidades, ya que comprar 69 equipos nuevos para el municipio, o alquilar estos 69 equipos por un plazo de 12 meses (igual que 138 equipos por 6 meses) requieren la misma cantidad de recursos públicos. Es decir que, el Intendente podía optar por afectar esos 9 mil millones de pesos a adquirir 69 equipos cero km en forma definitiva para el Municipio, pero no lo hizo. En vez de comprar, decidió alquilar”.

“Este valor alcanza para alquilar o comprar, lo que deja ver implícitamente el elevado valor del alquiler, el que normalmente se calcula teniendo en cuenta el valor de adquisición, al que se lo divide normalmente en 36 meses para llegar a un valor mensual promedio de alquiler”, precisó el edil.

Estos precios elevados, tanto en compras como en alquileres, marcan una diferencia en detrimento del patrimonio municipal, y en favor de quienes intervienen en la operación, pero que además pueden verse reflejados en otros aspectos, y en este caso se expresan también en:

1-Tipo de contrato: Se utilizó la modalidad más desfavorable para el Municipio y la más rentable para los proveedores o prestadores.
2-Sobreprecios: La comparación con otras administraciones municipales evidencia un claro sobrecosto.
3-Presupuesto: No figura como parte de un plan de trabajo, a pesar de implicar el gasto más elevado del presupuesto en un solo mes.
4-Ejecución dudosa: No se observa en el territorio un despliegue de maquinaria que justifique semejante contratación.

1-Tipo de contrato utilizado
Podemos sintetizar en tres tipos o modelos de diseño. Uno, ‘el alquiler o compra de horas de máquina’. donde se adquiere un número determinado de horas para usar dentro de un plazo acordado. Otro, es el ‘alquiler con horario fijo’, es decir, se alquilan las máquinas por días y horarios específicos (ej. lunes a viernes de 8 a 12 y de 16 a 20 hs), generalmente por varios meses. Y un tercer tipo, ‘full time’: las máquinas se alquilan por meses, con disponibilidad total las 24 horas del día. Este último es el tipo de contrato elegido por el Municipio para el alquiler de las 138 máquinas y equipos. Una modalidad que no requiere certificación, ya que el Municipio mantiene la posesión durante todo el período de alquiler. Para el prestador, es el contrato más rentable, ya que el equipo está alquilado todo el día, y se paga aunque no se use.

2-Sobreprecios
En el siguiente cuadro [Cuadro2] se puede observar distintos casos reales de alquileres de equipos y máquinas en otros municipios del país, con tipos de condiciones distintas (relacionado con el punto anterior), detallando para cada caso el costo mensual, diario y por hora, de cada rango, lo que permite comparar costos en forma homogénea.

Se muestran los valores mensuales, diarios y por hora, y en la última columna, el costo total que cada Municipio pagará por 6 meses, considerando igual disponibilidad del equipo.
En cualquiera de los casos, el alquiler adjudicado por Nikisch resulta ser el más costoso. Para que sea comparable con los demás, las máquinas deberían utilizarse casi 20 horas por día. Aun así, su precio duplica o triplica el de otras gestiones, para un mismo servicio.

3-No está previsto en el Presupuesto. No hay un plan de trabajo publicado
La ausencia del gasto en el Presupuesto y la falta de un plan de trabajo publicado evidencian una desconexión entre la planificación y la realidad. La sanción del Presupuesto, con solo seis votos cuando se requerían más, y su diseño general muestran una intención clara de ocultar información clave: partidas, superávit y operaciones sustanciales como el alquiler de maquinaria, que representa casi el 10% de los ingresos anuales.

El uso de la partida “Trabajo Público” y otras como “Bienes y Servicios no Personales” parece haber sido una estrategia para esconder excedentes, que luego se redistribuyen arbitrariamente gracias a los “superpoderes” que se autoasignaron, modificando y redistribuyendo y desdibujando la planificación inicial, publicada y debatida hacia la comunidad, principal objetivo que marca la Carta Orgánica al establecer el carácter participativo del Presupuesto que, no solo se incumple al no generar el mecanismo de participación ciudadana, sino que lo poco que se presenta, no constituye un plan de acción y ejecución de recursos previsto, incumpliendo con ello también el rol de autorización previa del Concejo al Ejecutivo, así como desvirtuando cualquier control que se quiera hacer.

4-Ejecución Dudosa. La inexistencia física de esas máquinas en el territorio
Durante marzo, abril y mayo – meses de ejecución de los contratos licitados – no se evidenció la presencia de los 138 equipos alquilados atendiendo las demandas de vecinas y vecinos de la ciudad. Un número que triplica la capacidad operativa municipal con equipos propios, y que es mayor si se suma de los de Vialidad y empresas que ejecutan obras. Esa magnitud haría imposible no notar su actividad, con camiones y maquinaria trabajando las 24 horas. Sin embargo, la ausencia es notoria.

Esto sugiere que el Municipio está pagando un servicio excesivamente costoso, cuya contratación no surge de una necesidad demostrada ni presupuestada. Queda clara la decisión política de avanzar en perjuicio económico del Municipio y, por lo tanto, de toda la ciudad.

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Ordenanza tributaria: intiman por segunda vez al intendente Nikisch a brindar información

Es en la causa impulsada por concejales de la oposición que piden a la justicia que se declare inconstitucional y nula la aprobación de esa ordenanza con apenas seis votos cuando se requerían los dos tercios en el Concejo Municipal. En este caso, la Sala Primera de la Cámara Contencioso Administrativa no ha actuado con la misma celeridad con la que lo hizo a favor del Municipio cuando pidió la declaración de lesividad de los pases a planta.

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El intendente de Resistencia, Roy Abelardo Nikisch, y el Concejo Municipal siguen retaceando documentación a la justicia provincial por lo que volvieron a ser intimados para que aporten la información referida a la sanción de la Ordenanza General Tributaria del año 2024 que fue judicializada por los concejales opositores que reclaman que se la declare inconstitucional por haber sido aprobada con seis votos -en una sesión “especial” realizada el 22 de diciembre de 2023- y no por los dos tercios requeridos por la Carta Orgánica Municipal.

Lo llamativo es la parsimonia con la que se desenvuelve en este caso la Sala Primera de la Cámara Contencioso Administrativa, que integran las juezas Natalia Prato y Geraldine Varas, ya que la acción de amparo con medida cautelar impulsada por los concejales Fabricio Bolatti, Lucila Masín, Soledad Villagra, Guillermo Monzón y Angel Sánchez está caratulada con el Nº 1/24. Es decir, fue la primera presentación realizada ante ese tribunal en lo que va del año y se encamina a ser declarada abstracta dados los tiempos dilatorios que se manejan, más allá de que hay fallos previos de ese mismo tribunal que le darían la razón a los ediles opositores.

Es el mismo tribunal que falló expeditivamente en favor de la actual gestión radical avalando la declaración de lesividad de casi todos los pases a planta del último tramo del exintendente Gustavo Martínez, incluyendo el de trabajadoras que se encontraban atravesando licencia por maternidad, como ya se informara en notas anteriores de LITIGIO.

Transcurridos ya tres meses del primer oficio enviado para requerir la documentación, tanto el Municipio y como el Concejo Municipal han hecho caso omiso al mandato judicial. En ese contexto, los concejales opositores le reclamaron al tribunal que avance con una resolución del caso y, así, las juezas de la Sala Primera de la Cámara Contencioso Administrativa enviaron nuevos oficios reiteratorios al Municipio y al Concejo Municipal. Mientras tanto, el tiempo transcurre y los efectos de la ordenanza presuntamente inconstitucional se siguen sintiendo en los alicaídos bolsillos de los contribuyentes de la ciudad de Resistencia percibiéndose como el Poder Judicial aplica dos temporalidades cuando se trata de tramitar casos a favor o en contra del poder político municipal.

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