La Justicia obliga al gobierno chaqueño a asistir de inmediato al pueblo Wichí con agua y alimentos

Así lo dispuso el juez Civil y Comercial 6 de Resistencia, Jorge Sinkovich. Fue al hacer lugar a una medida cautelar presentada por la Defensora General Adjunta, Gisela Gaúna Wirz. La sentencia ordena al gobierno de Leandro Zdero a garantizar la provisión de agua potable y alimentos a la comunidad Wichí asentada en El Impenetrable. El magistrado sostuvo que en los últimos meses se dieron medidas gubernamentales “insuficientes” e “inadecuadas” para paliar la “delicada situación” de pobreza extrema que atraviesan los pueblos originarios en el noroeste provincial.

Tal como ocurrió en 2007, cuando la Corte Suprema ordenó al gobierno del Chaco garantizar condiciones de vida dignas para las comunidades indígenas y evitar así el “exterminio silencioso” al que estaban siendo expuestos, una vez más la Justicia ordenó la implementación de medidas urgentes que enfrenten la pobreza crónica, la falta de alimentos y la escasez de agua potable en El Impenetrable chaqueño.

En esta ocasión, lo hizo el juez Civil y Comercial 6 de Resistencia, Jorge Sinkovich, al hacer lugar a una medida cautelar innovativa presentada por la Defensora General Adjunta del Chaco, Gisela Gaúna Wirz.

Fechada este martes, la sentencia ordena al gobierno de Leandro Zdero a garantizar la provisión de forma “continúa, oportuna y adecuada” de agua potable y alimentos a la comunidad Wichí asentada en El Impenetrable, además de reforzar las acciones gubernamentales en este sentido. Todo esto hasta tanto se resuelva la acción de amparo que se tramita en dicho juzgado.

La medida, a la que accedió LITIGIO, alcanza a las comunidades asentadas en las localidades de Misión Nueva Pompeya, El Sauzalito, Fuerte Esperanza y poblaciones de parajes El Tartagal, Tres Pozos, Nueva Población, Pozo del Toba, Comandancia Frías; Fortín Belgrano y todas aquellas ubicadas en el Departamento General Güemes.

Tras evaluar las pruebas presentadas por la Defensora General Adjunta, así como de los informes entregados por el propio gobierno provincial, el magistrado consideró que el pueblo Wichí se encuentra en una situación de “extrema pobreza”, y que dicha situación es “consecuencia de la falta de políticas públicas adecuadas por parte del Estado Provincial”. Asimismo, advirtió que la gestión de Zdero llevó a cabo medidas que resultan a todas luces “insuficientes a efecto de satisfacer, en tiempo y forma, las necesidades humanas básicas de los pueblos originarios accionantes”. Añadió como agravantes de esta situación las amplias distancias que existen entre las localidades y parajes con los centros urbanos y la constante discriminación que sufren dichas comunidades.

Consideró que existe un “presupuesto del peligro en la demora” dado que se trata de acceso a cuestiones básicas y vitales como lo es una alimentación adecuada y contar con agua potable. Señaló en este sentido que la urgencia en la aplicación de la medida cautelar “resulta evidente” especialmente teniendo en consideración que el “mero transcurso del tiempo hasta el pronunciamiento de la sentencia definitiva” podría tener “efectos nefastos” en las comunidades.

El caso

La situación de pobreza extrema que afecta desde hace décadas a las comunidades indígenas del Chaco se agravó aún más durante el último año de gestión libertaria, especialmente en los niños y niñas de los pueblos originarios por el cierre de los comedores escolares.

Esto motivó la intervención de Gauna Wirz, quien en noviembre de 2024 impulsó una acción de amparo con medida cautelar ante el Superior Tribunal de Justicia para que inste al gobierno provincial a brindar asistencia urgente al pueblo Wichí.

Es que la medida cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2007 –cuando gobernaba otro radical, Roy Nikisch- solo alcanzaba al pueblo Qom. En esa ocasión, el por entonces defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, calificó la situación de los pueblos originarios como un “exterminio silencioso”.

La Defensora General Adjunta señaló en su presentación que la medida tiene como objetivo que el gobierno chaqueño garantice sus derechos al territorio, a un medio ambiente sano, a un nivel de vida adecuado, a la salud, a la alimentación, al acceso al agua potable, autodeterminación y acceso a la Justicia, entre otras prerrogativas que hoy les son negadas.

Para poder llevar adelante esto, solicitó que se conforme una Mesa de Coordinación Interinstitucional e Intercultural tendiente a elaborar un plan de trabajo que contemple la realización de medidas a fin de avanzar progresivamente en el cumplimiento de los derechos humanos vulnerados a lo largo de tantos años al pueblo Wichí.

La funcionaria judicial sostuvo que existe una “omisión por parte del Estado al no adoptar la totalidad de las acciones gubernamentales necesarias y adecuadas para garantizar los derechos de las comunidades indígenas que habitan El Impenetrable chaqueño”.

Señaló en este sentido la inexistencia de políticas públicas que puedan sostenerse en el tiempo. En lugar de eso, indicó que lo que se realizó fueron “esfuerzos asistencialistas espasmódicos” que no alcanzaron ni siquiera a brindar soluciones momentáneas, lo que redunda en el sostenimiento de una situación de “pobreza estructural”, la cual “ha empeorado en los últimos meses”, según lo refieren las propias comunidades, fundamentalmente por las políticas de ajuste aplicadas por el gobierno de Javier Milei, sin que el gobierno provincial haga demasiado esfuerzo para amortiguar sus devastadores efectos en las poblaciones más vulnerables.

Desligarse

¿Cómo resolvió esto el STJ? Optó por desligarse de la situación. Por mayoría, aconsejó que la medida se tramite ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Resistencia, que tiene a cargo la ejecución de la medida cautelar de la Corte. Así votaron la jueza Emilia Valle y sus pares Victor del Río, Alberto Modi y Néstor Varela.

“Corresponde remitir esta causa al Juzgado en lo Civil y Comercial 6 para que, en el marco del proceso ‘Instituto del Aborigen Chaqueño’ aludido, continúe el trámite de la pretensión principal y evalúe las acciones positivas de refuerzo en materia de agua potable y alimentos que cautelarmente aquí se persiguen y, eventualmente, pudieran corresponder”, indicaron.

Isabel Grillo fue la única que votó en disidencia. Aclaró en primer lugar que este caso versa sobre un territorio distinto al que se incluye en el amparo que tramita el Juzgado Civil y Comercial 6 y por eso no debería acumularse en dicho expediente. Además, se mostró en contra de delegar las actuaciones en ese tribunal inferior.

Ya con la causa en el juzgado de Sinkovich, el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACh) se presentó durante la feria judicial para solicitarle que amplíe el alcance de la medida cautelar y que se incluya al pueblo Wichí.

En su presentación, el IDACh detalló que las comunidades indígenas y especialmente sus niños “han visto gravemente afectados sus derechos a la alimentación y al agua debido al cierre de los comedores escolares en esta época estival, comedores que proveen ingestas diarias de comida, desayuno y almuerzo, situación esta que agrava la cuestión ya de hambruna que se padece”.

El organismo reconoce que el Ministerio de Desarrollo Humano recepcionó “positivamente” el pedido en una audiencia, pero que a la fecha de presentación de este escrito “no la ha instrumentado” bajo el argumento de que recién lo hará cuando se elabore un “padrón de beneficiarios” de las distintas comunidades indígenas.

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