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Economia

Una Argentina en dólares y otra en pesos: el nuevo mapa del consumo que profundiza la brecha social

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El repunte de la economía tras la recesión muestra brechas importantes entre los diferentes niveles socioeconómicos, sobre todo en el consumo

La recuperación económica, más puntualmente el consumo, no llega a todos y profundiza las desigualdades de la actualidad entre los distintos estratos sociales. Mientras los segmentos medio bajos y bajos se muestran más restrictivos y con dificultades para afrontar gastos básicos del hogar, los medio altos y altos expanden sus consumos en dólares.

Así surge del informe “Social Mood” de Moiguer. El resultado de lo dicho es un estancamiento en las ventas de consumo masivo y una expansión importante de bienes de consumo importado, bienes durables y el turismo emisivo.

De acuerdo al relevamiento, en los últimos tres meses, la evaluación positiva del consumo alcanza al 42% de la clase media alta y al 39% de la media, presentando avances en relación al primer trimestre del año. En contraposición, cae en la clase media baja (31%) y en la baja (21%).

La evaluación positiva del consumoLa evaluación positiva del consumo alcanza al 42% de la clase alta y al 39% de la media alta, según Moiguer. REUTERS/Agustin Marcarian

En el último mes el 46% de la clase media alta realizó gastos de salidas viajes y electro y no debió reducir gastos del presupuesto habitual del hogar, guarismo que cae a 41% en la clase media, a 30% en la clase media baja y a 19% en la baja.

Moiguer resalta que mientras que los sectores medios-bajos tienen dificultad para afrontar gastos, los medios altos expanden su consumo en dólares, en un contexto también de apreciación cambiaria que abarata estas compras.

En promedio, el 50% de los argentinos no llega a fin de mes, el 30% resigna gastos para pagar servicios, el 23% compra dólares y el 11% compra en el exterior.

Performance de consumo de diferentesPerformance de consumo de diferentes rubros (Moiguer)

Cabe destacar sobre este último punto que, según Analytica, las importaciones vía courier de los primeros 5 meses del año ya superaron todo 2024. “Si bien su peso en el total es bajo, muestran un salto significativo: USD 243 millones acumulado hasta mayo, un 211,1% más que hace un año. En el corto plazo alcanzarán los niveles de 2022 (previo a las restricciones)”, sostienen.

A su vez, en lo que va de 2025, “las importaciones de bienes de consumo sumaron USD 4.373 millones (+70,3% interanual). En términos per cápita y moneda constante, es uno de los niveles más altos desde 1992: solo fue superado en 6 ocasiones”, indican.

Al interior del promedio registrado por Moiguer, se destaca que el 64% de la clase baja no llega a fin de mes y el 45% resigna gastos para pagar servicios. En tanto, el 48% de la clase media alta compra divisas y el 24% gasta en el exterior.

“Mientras para un segmento se impulsa los viajes y el consumo fuera, para otro segmento es necesario intentar anabolizar con promos y descuentos”, asegura la consultora.

La pirámide social

En este marco, en el segundo trimestre, la estructura social de Argentina se divide en tres grandes grupos: clase alta, clase media y clase baja. La clase alta y media alta representa el 6% de la población e incluye a los hogares del segmento ABC1. Dentro de este grupo, el ingreso promedio por hogar es de $20.500.000 mensuales (equivalente a 17.000 dólares), con un piso de ingreso en $9.105.000 (USD 7.836). Este sector concentra ingresos que superan en aproximadamente un 190% el promedio general.

La clase media abarca al 44% de la población y se subdivide en dos segmentos. El primero, C2, representa al 18% y corresponde a la media típica, con ingresos promedio de $3.122.836, es decir, unos 2.687 dólares mensuales. El segundo, C3, incluye al 26% de los hogares, que constituyen la media baja, con ingresos promedio de $1.564.000 mensuales (equivalente a 1.346 dólares). Este sector se encuentra en torno al 100% del promedio general.

Estructura social de Argentina enEstructura social de Argentina en el segundo trimestre de 2025 (Moiguer)

La clase baja comprende al 50% de la población total y también se divide en dos subgrupos. El segmento D1, que representa al 31%, tiene ingresos mensuales promedio de $1.120.600 (equivalente a 964 dólares), lo que lo ubica aproximadamente un 40% por debajo del promedio general.

En la base de la pirámide social se encuentra el grupo D2/E, que abarca al 19% de los hogares y registra ingresos promedio de $585.800 mensuales, es decir, unos 504 dólares, aproximadamente un 90% por debajo del promedio general.

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Economia

El Chaco de Zdero, en rojo y entre las provincias con mayor déficit fiscal del país

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Durante el primer trimestre de 2025, el gobernador tuvo un fuerte desequilibrio financiero, con un déficit de más de $27 mil millones y un ratio negativo del 3,1%. El radical-libertario suma otro frente crítico en su gestión.

Un reciente informe sobre los resultados fiscales del primer trimestre de 2025 dejó en evidencia la preocupante situación financiera del Chaco. La provincia gobernada por Leandro Zdero cerró el período con un déficit de $27.147 millones, ubicándose entre las ocho jurisdicciones que presentaron números en rojo.

Pero el panorama es aún más grave si se analiza el resultado financiero como proporción de los Ingresos Totales (RF/IT): el Chaco aparece como la tercera provincia con peor desempeño fiscal relativo, con un ratio negativo del -3,1%, superada solo por Santa Cruz y Corrientes.

Un informe publicado por el sitio Raíz Federal advierte que el Chaco es una de las siete provincias que pasaron de tener superávit en 2024 a déficit en 2025, revelando un deterioro preocupante de sus cuentas públicas.

Mientras tanto, jurisdicciones como Misiones lograron revertir su situación fiscal y cerrar el trimestre con superávit.

Este nuevo revés se suma a los múltiples desafíos que enfrenta el gobernador radical-libertario en su segundo año de gestión.

Lejos de ordenar las finanzas provinciales, Zdero parece agravar la crisis con medidas que no logran equilibrar las cuentas ni generar confianza en la administración pública.

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Economia

ARCA investiga las transferencias: a partir de qué monto controla las operaciones en agosto

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Las entidades financieras y billeteras virtuales deben informar sobre transacciones y consumos de sus clientes cuando superen los topes que determinó ARCA

En una era marcada por las transferencias inmediatas y el auge de las billeteras virtuales, no es raro que surja la duda: ¿qué ocurre si de repente recibís una suma importante de dinero en tu cuenta bancaria? Lo primero a considerar son los límites de transferencia establecidos por la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

 

Si el origen de ese dinero está debidamente respaldado -por ejemplo, la venta de un vehículo, una propiedad o el pago de un trabajo correctamente facturado-, en principio no deberías enfrentar mayores inconvenientes.

De todos modos, en algunos casos los bancos pueden retener el monto de forma preventiva. Ante esa situación, presentar la documentación que justifique la operación suele ser suficiente para destrabar el movimiento.

El panorama cambia si recibís una transferencia de gran volumen y no podés justificar su procedencia: en esos casos pueden aparecer problemas, especialmente con la ARCA. Por eso, contar con el respaldo adecuado sobre el origen de los fondos, en particular cuando se trata de cifras elevadas, es fundamental para evitar complicaciones.

ARCA investiga todas las transferencias que superen estos límites en agosto 2025

La entidad elevó a mitad de año los topes que son los límites a partir del cual se monitorean las transferencias bancarias y virtuales. Esta actualización responde a un mecanismo de ajuste semestral automático basado en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

 

Es importante considerar qué sucede si se superan estos límites: en esos casos, podrían activarse alertas que derivarían en un análisis más detallado por parte de ARCA. Por ello, conocer los nuevos topes es fundamental para evitar inconvenientes y garantizar que las operaciones se realicen dentro del marco legal.

De acuerdo a información de la entidad, se trata de una “actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024”.

Billeteras virtuales y bancos informan sobre transacciones y consumos

Estos nuevos importes comenzaron a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1° de junio, y continuarán así por los próximos meses.

  • Transferencias o acreditaciones: el umbral en el que se solicitará información será de $ 50.000.000 para personas físicas y de $ 30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el límite para personas físicas era de $ 2.000.000.
  • Extracciones en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
  • Saldos bancarios a último día del mes: se elevan a $50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el límite era de $ 1.000.000
  • Plazos fijos: se elevan a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el límite era de $ 1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: Se elevan a $50 millones para personas físicas y a $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: el límite sube a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: se elevan a $ 10.000.000 para ambos rubros. Anteriormente, se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios. Se podrán hacer compras de hasta $ 10.000.000 sin que nadie requiera información adicional.
  • Pagos: el límite aumenta a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 millones para personas jurídicas.

¿Qué documentación se necesita?

Si el dinero que recibís proviene de una operación legítima -como la venta de un auto o una propiedad, o el cobro de un trabajo facturado-, en principio no hay inconvenientes. Sin embargo, los bancos y las fintech pueden retener el monto de forma preventiva hasta que se presente documentación que respalde la transacción.

Entre los comprobantes más habituales que solicita ARCA se incluyen:

  • Contratos de compraventa o boletas de pago.
  • Facturas emitidas (monotributo o régimen general).
  • Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
  • Constancia de inscripción en monotributo.
  • Certificados de origen de fondos emitidos por un contador público matriculado.

Con esta documentación suele ser suficiente para liberar el dinero retenido y evitar inconvenientes.

Los especialistas recomiendan mantener toda la documentación ordenada y al día, especialmente si se realizan operaciones frecuentes o de alto valor. También es clave estar registrado correctamente ante la AFIP como monotributista o responsable inscripto, en caso de facturar servicios o ventas de forma habitual.

Qué hacer si el banco bloquea la operación

En caso de que una transferencia grande sea observada, los pasos recomendados son:

  • Responder al requerimiento del banco con los comprobantes necesarios.
  • Contactar previamente a la entidad si se espera recibir un monto elevado, informando fecha, monto y origen de los fondos.
  • Evitar movimientos sospechosos, como fraccionar el dinero en varias transferencias para esquivar los límites, ya que esto puede generar más alertas.

Si la procedencia de los fondos no puede justificarse, ARCA puede emitir multas, bloquear temporalmente la cuenta e incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para investigar un posible caso de lavado de dinero.

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Economia

Vacaciones, indemnizaciones y paros: los 3 puntos frenados que Milei insiste en modificar

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El sector gremial no acepta modificaciones por la vía del decreto, mientras la Justicia analiza cada detalle del mega paquete de medidas del Gobierno

El Gobierno analiza cambios en la legislación laboral, pero desde la CGT creen que el plan es avanzar con las cuestiones “más duras” del decreto frenado por la Justicia después de las elecciones nacionales de octubre.

 

“Los cuestionamientos judiciales a la Reforma Laboral aprobada a través del DNU 70/ 2.023 tienen que ver con el decreto y no con el contenido, es decir, se cuestiona que se haga la reforma por decreto, cualquier modificación legal se puede hacer”explicó a iProfesional una fuente cercana a la secretaria de Trabajo que depende ministerio de Capital Humano.

Reforma laboral: los 3 puntos que el Gobierno insiste en modificar y están frenados

La fuente explicó a este medio que los cambios laborales frenados por la Justicia son:

  1. la suspensión del capítulo laboral del DNU 70/2023 (arts. 53 a 97). Por lo tanto, no rige el período de prueba de 8 meses. También siguen vigentes las indemnizaciones agravadas (por despido, empleo no registrado, etc.) y no corren las restricciones al derecho de huelga ni los cambios en convenios colectivos de trabajo, muchos de los cuales datan de 1.975.
  2. también se frenó el decreto que eliminaba el feriado del 27 de junio para estatales.
  3. está suspendido el último decreto que ampliaba al 75% los servicios mínimos obligatorios durante paros (afectaba salud, educación, transporte, medios, banca, etc.).

La presencia del secretario de Trabajo, Julio Cordero, en la última reunión del Consejo de Mayo de hace dos semanas, liderada por el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, marcó el tono del encuentro que giró en torno al punto ocho del Pacto de Mayo, firmado el 9 de julio por el Poder Ejecutivo y 18 gobernadores que es la Reforma Laboral.

La inclusión de Cordero en esa reunión se puede interpretar como un mensaje político, ya que el Gobierno buscará avanzar hacia cambios en el régimen de empleo, aunque por ahora el tratamiento parlamentario se postergará hasta después de las elecciones nacionales de octubre.

 

En esa reunión, los representantes de la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Confederación General del Trabajo (CGT) analizaron el diagnóstico de Cordero, pero mostraron sus dudas en relación con la aplicación de la ley en el futuro.

En los últimos días, tanto el presidente Javier Milei como la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, han manifestado que “la reforma laboral es uno de los ejes prioritarios del oficialismo para la segunda etapa del mandato de este Gobierno, que se iniciará a partir del 11 de diciembre de este año”

El esquema de trabajo elegido como la participación acotada de los gremialistas y acuerdos progresivos, busca evitar el desgaste político de una confrontación abierta antes de las elecciones y la promesa de lograr una especie de síntesis este año deja en claro que, el Gobierno avanzará para lograr que la reforma laboral se aplique en todas sus formas para que el mercado de trabajo se flexibilice y permita crear más empleo en blanco que está frenado desde el 2.008 cuando estalló la crisis con el campo.

“Si bien ya hemos hecho avances en materia de legislación laboral, a partir del 11 de diciembre vamos a continuar con la reforma laboral”. Esta frase lanzada por Milei hace dos semanas en su reciente discurso en la Bolsa de Comercio, Milei anticipó uno de los ejes de su plan de gobierno para después de las elecciones nacionales de octubre.

En esa dirección se suma el ministro de Desrregulacion y Transformación, Federico Sturzenegger, uno de los hacedores del DNU 70, quien junto con Pettovello buscarán reinstalar medidas ya frenadas por la Justicia: como limitar las cuotas solidarias, eliminar la ultraactividad de convenios y descentralizar negociaciones colectivas.

Sturzenegger, es el impulsor del decreto 340/2.025 contra el derecho a huelga, que fue suspendido por la Justicia laboral, y tiene un rol clave en el Consejo, junto con Francos, Pettovello y Cordero.

Por otro lado, desde la CGT y la UIA, con posiciones opuestas entre ambas, buscan incidir en las discusiones dentro del Consejo de Mayo, pero tienen en claro que si La Libertad Avanza (LLA) gana por un margen importante las elecciones nacionales de octubre, el Gobierno insistirá en que se apruebe un proyecto de reforma laboral más profundo y rápido que el actual.

La reforma laboral, en particular los puntos contenidos en la Ley Bases, tuvo varios obstáculos debido a los amparos judiciales que han suspendido su implementación.

Indemnización, blanqueo y período de prueba, otros puntos claves

Estos puntos, entre otros, se vieron frenados por amparos judiciales que cuestionaban la constitucionalidad de las modificaciones introducidas por la Ley Bases:

  • Indemnización por despido: Se buscaba modificar el cálculo de las indemnizaciones, estableciendo topes o bases diferentes a las actuales, lo que generaba preocupación entre los trabajadores sobre la pérdida de derechos laborales.
  • Responsabilidad solidaria: la reforma pretendía limitar la responsabilidad solidaria de las empresas contratistas, lo que podría afectar a los trabajadores tercerizados al dificultar la posibilidad de reclamar ante la empresa principal por incumplimientos laborales.
  • Período de prueba: con esta nueva modalidad se buscaba extender el período de prueba para nuevos contratos, lo que generaba incertidumbre entre los trabajadores sobre la estabilidad laboral durante ese período.

Otros de los aspectos que tiene la reforma son:

  • Blanqueo laboral: donde a través de un programa de regularización de trabajadores no registrados o sub-registrados, permitiendo a las empresas condonar deudas por aportes y contribuciones a cambio de la registración.
  • Simplificación de la registración con la que busca simplificar los trámites de registración laboral mediante mecanismos electrónicos.
  • Negociación colectiva: donde se establecieron parámetros para guiar la negociación colectiva, incluyendo incrementos salariales y recomendaciones sobre flexibilidad interna.

Pero uno de los puntos más discutidos es el nuevo esquema de vacaciones que propone la reforma, un aspecto central para la vida laboral y personal de los trabajadores.

En ese aspecto, uno de los principales cambios impulsados por el Gobierno es legalizar la posibilidad de dividir las vacaciones según las preferencias del trabajador.

Hay que considerar que la normativa laboral argentina marcaba que las vacaciones debían tomarse de forma continua y dentro de un período determinado por el empleador.

Con la reforma laboral 2025, se le permite a los empleados a dividir su período de descanso anual en diferentes momentos del año, con la condición de que cada tramo tenga una duración mínima de siete días corridos. De esta forma, se genera una mayor autonomía al empleado para planificar su descanso según sus necesidades.

Además, se extiende el plazo para utilizar las vacaciones correspondientes a un año calendario. De esta forma, los empleados tienen hasta el 30 de abril del próximo año para tomarlas.

Esa notificación de las vacaciones tiene que hacerse con una anticipación mínima de 21 días, lo que le permite a las empresas reorganizar sus equipos de trabajo sin mayores inconvenientes.

En el caso de que dos personas casadas trabajen en el mismo establecimiento, el empleador tiene que garantizar que ambos puedan tomar sus vacaciones en el mismo lapso, incentivando la armonización familiar.

Es importante explicar que la reforma no se limita únicamente a las vacaciones, sino que también hay importantes modificaciones en las licencias ordinarias y extraordinarias, especialmente en el caso de la licencia por maternidad.

Si bien se mantiene la prohibición de que las mujeres trabajen durante los 45 días anteriores al parto y los 45 posteriores, constituyendo una licencia de 90 días, se incorpora una nueva opción para ellas.

En este sentido, se puede reducir la licencia previa al parto, aunque no puede ser inferior a 30 días, y utilizar el resto de los días para disfrutarlo luego del nacimiento del bebé. Asimismo, en el caso de un nacimiento prematuro, el lapso que no se haya utilizado previo al parto se acumula de forma automática a la etapa posterior, garantizando una licencia no menor a 90 días.

Al mismo tiempo, se introduce la obligatoriedad de comunicar el embarazo al empleador a través de un certificado médico en el que se indique la fecha probable de parto. A través de esta notificación, la trabajadora tiene derecho a estabilidad laboral y a una garantía esencial para evitar despidos arbitrarios durante la gestación y puerperio.

También se incorpora la figura del fondo de cese laboral, el cual busca reemplazar al sistema tradicional de indemnizaciones. Se trata de un mecanismo que le permite al empleador y trabajador acordar una modalidad de desvinculación, incluyendo licencias o ausencias pactadas, lo que podría ocasionar mayor previsibilidad en los procesos de salida.

Se elimina además la presunción automática de relación laboral en los contratos de servicios profesionales, lo que genera un impacto de forma directa en la gestión de licencias y ausencias para trabajadores independientes o monotributistas.

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