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Alarma en el campo: Sturzenegger elimina el organismo que controla el comercio de semillas

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El Inase será suprimido con un decreto que se publicará el lunes en el Boletín Oficial. También suprimen la Agencia Regulatoria del Cannabis y modifican el Inti y el Inta.

En el campo entraron en alerta al conocer el decreto que redactó Federico Sturzenegger para eliminar el Inase, el organismo que controla el comercio de semillas.

 

LPO accedió en exclusiva al decreto que se publicará el lunes en el Boletín Oficial y que eliminará otras dependencias y modificará otras relacionadas al sector agropecuario.

 

Entre las empresas dedicadas al negocio de las semillas hay alarma porque sin el Inase creen que puede dispararse el comercio ilegal de semillas, que en la Argentina mueve varios cientos de millones de dólares por año.

 

Además del Inase, se eliminará la Comisión Nacional de Semillas (CONASE) y sus tareas quedarán bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura.

 

El decreto también elimina la Agencia Regulatoria del Cannabis (Ariccame), cuyas funciones serán absorbidas por el Ministerio de Economía, en el caso del uso industrial, y por la ANMAT, que asumirá la regulación del cannabis con fines medicinales.

 

También se dispuso la disolución del Instituto Nacional de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (Inafci), cuyas competencias serán absorbidas por Economía. De este modo, Luis “Toto” Caputo ganará atribuciones, una concesión que hizo su rival interno Sturzenegger para avanzar con estos cambios que fueron resistidos en un principio por el titular de Economía, que se quejaba porque le complicaban su relación con el campo.

 

 

Otros organismos no desaparecen, pero pierden su estatus de autarquía. Es el caso del INTA, que pasa a ser un ente desconcentrado dependiente de Agricultura, y del INTI, que será una unidad organizativa bajo la Secretaría de Industria, aunque mantendrá su nombre para fines internacionales. El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) también cambia de estatus: se incorpora a la estructura de Agricultura y mantendrá únicamente funciones de fiscalización en el tramo final de la cadena productiva. Por último, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) perderá su autonomía y quedará como organismo desconcentrado dentro de la Secretaría de Industria y Comercio.

 

El decreto justifica estas medidas con una crítica explícita a la falta de eficiencia de estos organismos, a los que acusa de haber multiplicado sus estructuras y su personal sin resultados visibles, ni mejoras en su desempeño institucional. Además, plantea que muchas de sus funciones se superponen con otras dependencias del Estado, lo que habría generado una burocracia innecesaria y gastos difíciles de sostener.

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Huerta La Anunciación, compromiso verde y producción ejemplar en La Plata

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Desde hace más de dos décadas, este emprendimiento se ha erigido como faro de la agricultura consciente, ofreciendo a los consumidores la posibilidad de llevar a sus mesas alimentos cultivados con profundo respeto por la naturaleza y la salud humana. Quinto capítulo de Arraigados.

En un mundo donde la búsqueda de una alimentación más sana y responsable se vuelve imperativa, iniciativas como la desarrollada en La Plata por la Huerta La Anunciación adquieren un valor incalculable. Nos referimos a un proyecto que, desde 1988, se dedica a la producción de verduras y hortalizas orgánicas certificadas, marcando un hito en el panorama agrícola de nuestro país. Este espacio pionero se ha enfocado en ofrecer a los consumidores una amplia variedad de productos de alto consumo, cultivados bajo estrictos parámetros de la agricultura orgánica.

Y lo fuimos a conocer en el quinto capítulo de Arraigados, un ciclo de diez historias presentadas por Chevrolet. A bordo de una camioneta S10, exploramos la íntima conexión entre las personas, sus territorios y los proyectos que nacen cuando se comprometen con sus comunidades y la naturaleza.

Un sistema que respeta la vida

La agricultura orgánica es mucho más que un método de cultivo; es una filosofía integral que promueve la salud de los suelos, la biodiversidad de los ecosistemas y el bienestar de las personas. Se basa en principios ecológicos sólidos, fomentando ciclos naturales adaptados a las condiciones locales y prohibiendo de forma categórica el uso de insumos de síntesis química, hormonas y organismos genéticamente modificados. Esto asegura que cada hoja de verdura o cada flor comestible que llega a tu hogar ha sido cultivada en armonía con el medio ambiente, sin la intervención de elementos que puedan resultar adversos para la salud.

En este contexto, la variedad de producción de La Anunciación es sorprendente. A lo largo del año, se disponen cientos de productos con alta calidad y continuidad, todos ellos certificados bajo la reglamentación vigente por SENASA a través de Food Safety, garantizando la trazabilidad y la seguridad alimentaria. Además de las hortalizas de alto consumo y frecuencia, se cultivan especialidades gourmet, hierbas aromáticas e incluso flores comestibles. La oferta se enriquece con la recolección de hierbas silvestres, que varían según la estación, añadiendo un toque distintivo y natural a la propuesta.

Pasión y compromiso de larga trayectoria

Detrás de este exitoso emprendimiento se encuentran Mariana del Pino y Eduardo Ciancia, quienes en 1988 pusieron en marcha La Anunciación con una visión clara: ofrecer a los consumidores verduras de alto consumo y alta frecuencia de compra, pero con el valor agregado de ser producidas de manera orgánica. Su dedicación y energía han sido fundamentales para que, por más de 30 años, este proyecto se haya consolidado como un referente en la producción de verdura ecológica en el mercado argentino. Ambos son responsables de la gestión, auténticos representantes de la filosofía orgánica y especialistas en la producción y comercialización hortícola y orgánica.

Consumir hojas verdes y flores orgánicas no solo se traduce en un beneficio directo para nuestra salud, al reducir drásticamente la exposición a pesticidas y químicos presentes en la agricultura convencional, sino que también ofrece la tranquilidad de poder consumir el alimento en su totalidad, sin la necesidad de lavados especiales o preocupaciones adicionales. Es una elección que cuida el cuerpo y el planeta, respaldada por la experiencia y el compromiso de quienes dedican su vida a esta noble labor en La Plata.

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Piden la inconstitucionalidad de la ley de OTBN: “modelo de expoliación del bosque nativo”

La presentación fue realizada por una organización ambientalista chaqueña y solicita que el Superior Tribunal de Justicia del Chaco declare inconstitucional la polémica ley 4005 R aprobada por el Parlamento chaqueño en la sesión extraordinaria del 30 de abril pasado. Para los denunciantes, además de no respetar los procedimientos formales, la normativa “disminuye las condiciones de tutela existentes” y a la vez, “genera la consolidación de un modelo de expoliación del monte nativo”. Se suma a la denuncia penal ante la justicia federal contra la denominada “Mafia del desmonte”.

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El Superior Tribunal de Justicia del Chaco deberá analizar la constitucionalidad de la ley provincial de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (Nº 4005 R) aprobada durante la madrugada del 30 de abril pasado, en una sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados del Chaco. Así lo dictaminó el procurador general Jorge Canteros, al considerar que era admisible el tratamiento por el máximo tribunal de la presentación realizada, a fines de julio, por la organización Conciencia Solidaria por el Medio Ambiente.

La presentación se suma a la denuncia penal realizada por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas ante la Justicia Federal de Resistencia en la que se apunta a una supuesta “Mafia del desmonte” que involucraría al actual ministro de Producción, Ambiente y Desarrollo Sostenible del Chaco, Hernán Halavacs, a dos diputados provinciales, exfuncionarios y empresarios madereros. La denuncia también pidió que se dicte una medida cautelar que suspenda la aplicación de la ley Nº 4005 R.

“Consolidación de un modelo de expoliación del monte nativo”

En el escrito, al que tuvo acceso LITIGIO, la organización ambientalista señala que la ley 4005 R “disminuye las condiciones de tutela existentes respecto de la Ley 1762 R, y a la vez, genera en términos factuales la consolidación de un modelo de expoliación del monte nativo”.

De acuerdo a la presentación, la actualización es de carácter “netamente regresiva ambientalmente” al disminuir en su valor de conservación a más de 230 mil has de bosques que han pasado de categoría amarillo a verde y así su cambio de uso del suelo. Estas nuevas superficies se suman a las de 1,5 millones de hectáreas boscosas en categoría verde establecidas en el OTBN 2009, detallan.

Más allá de que la ley representaría un avance sobre la superficie de bosque nativo, al permitir el desmonte de áreas que se enc0ntraban protegidas legalmente hasta ahora, tampoco cumplió con los procedimientos de la ley nacional de Bosques Nativos, las resoluciones del Consejo Federal del Medio Ambiente y con los términos del Acuerdo de Escazú, que exige que se garanticen información adecuada y participación ciudadana en materia ambiental.

Entre las objeciones, la organización ambientalista menciona que la ley 4005 R no fue una ratificación del decreto 2157/22 firmado por el exgobernador Jorge Capitanich que era el resultado del proceso de actualización regulado en la Ley 26331 y en las resoluciones de COFEMA, sino que se trató de una normativa aprobada en base a otros proyectos de actualización que no respetaron la participación ciudadana. Por el contrario, advierten que la norma aprobada “no reconoce base o referencia normativa alguna al marco supremo que regula el proceso de actualización” por lo que consideran que se trata de “un acto jurídico nulo de nulidad absoluta”.

En ese contexto, subraya que “ni siquiera se consideraron las observaciones formuladas por la Autoridad de Aplicación (dependiente de la Dirección Nacional de Bosques), debiendo tener presente que las mismas se encontraban destinadas a dar cuenta de lo contenido en el Decreto Nº 2157/22”. Así, grafican que la sola comparación entre las observaciones formuladas por la Autoridad de Aplicación y la Ley 4005 R “evidencian que esta última no es ni siquiera una norma que haya dado cuenta de aquellas (solamente lo hizo respecto de la eliminación de la categoría amarilla/naranja)”.

Otro de los cuestionamientos a la ley sancionada está en que la publicación de la misma en el Boletín Oficial no contiene el mapa y que del texto no se desprende una “localización concreta y efectiva” de aquellas zonas que han sido incluidas o determinadas como amarillas o verdes, implican una concreta violación de las exigencias derivadas del “sistema tutelar” del monte nativo. Es decir, no se puede conocer cuales áreas está permitido desmontar y cuáles no.

Revista Litigio

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